Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05619/2022)
Bases que han de regir la cobertura de una plaza de Operario/a Cementerio del Ayuntamiento de Llerena, incluida en la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del año 2022, mediante el sistema de concurso
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Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 5619/2022

10. Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual
haya sido previamente instruido.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, es decir, también podrán participar, en igualdad de
condiciones que las personas de nacionalidad española:
I) Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
II) El cónyuge de las personas de nacionalidad española y de las personas nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad y siempre que no
se haya separado de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
III) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores.
IV) Las personas extranjeras con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema
educativo, a tenor de lo establecido por la disposición adicional sexta del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
2.2.- Todos los requisitos establecidos en esta base segunda deberán cumplirse en el momento de finalización
del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante todo el proceso selectivo y conservarse hasta el
momento de la formalización del contrato de trabajo como personal laboral fijo de la categoría profesional
correspondiente.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias.
3.1.- A efectos de ser admitidos en el proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar la siguiente
documentación:
a) Instancia solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas selectivas, conforme al
modelo que aparece en el anexo I.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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