Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05545/2022)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluido los derechos de enganche y colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas, alcantarillado y depuración de aguas
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 5545/2022
En lo no previsto en la presente Ordenanza fiscal se estará a lo dispuesto por el Texto Refundido de la Ley de Haciendas
Locales, a la Ley General Tributaria, así como en las normas y demás disposiciones que las desarrollen o complementen.
Disposición final.
La presente Ordenanza, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
y comenzará a aplicarse a partir de este momento, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Disposición derogatoria.
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango a la presente Ordenanza se opongan a lo en ella establecido.
ANEXO A LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 22, REGULADORA DE LA TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA INCLUIDO LOS
DERECHOS DE ENGANCHE Y COLOCACIÓN Y UTILIZACIÓN DE CONTADORES E INSTALACIONES ANÁLOGAS,
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES.
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE AZUAGA
Desde m³
Bloque 1.º
Euro/m³ IPC abril 2021-2022
Tarifa propuesta 2.º semestre 2022
0 a 10 m³
0,457
8,70%
0,4967590
Bloque 2.º 11 a 25 m³
0,702
8,70%
0,7630740
Bloque 3.º 26 a 70 m³
0,9583
8,70%
1,0416721
Bloque 4.º + de 70 m³
1,5270
8,70%
1,6598490
C. Servic.
7,8017
8,70%
8,4804479
Fija
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE A CARDENCHOSA
Desde m³
Bloque 1.º
0 a 35 m³
Euro/m³ IPC abril 2021-2022
Tarifa propuesta 2.º semestre 2022
0,457
8,70%
0,4967590
Bloque 2.º + de 35 m³
0,9583
8,70%
1,0416721
C. Servic.
7,8017
8,70%
8,4804479
Fija
SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN
Desde m³
Bloque 1.º
Euro/m³ IPC abril 2021-2022
Tarifa propuesta 2.º semestre 2022
0 a 10 m³
0,4012
8,70%
0,4361044
Bloque 2.º 11 a 25 m³
0,5015
8,70%
0,5451305
Bloque 3.º 26 a 70 m³
0,8355
8,70%
0,9081885
Bloque 4.º + de 70 m³
1,3374
8,70%
1,4537538
C. Servic.
7,8017
8,70%
8,4804479
Fija
Los valores anteriormente solicitados son netos y estarán sujetos en todo momento al I.V.A. vigente.
Tarifa adicional por abastecimiento de agua en los estados de alerta y emergencia.- En los períodos en que estén en vigor los
estados de alerta o emergencia, así declarados por la Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena en base
al contrato formalizado entre ésta y la empresa concesionaria Aqualia en fecha 14 de junio de 2018, a la cuota anterior se
añadirá:
- En estado de alerta, una tarifa de 0,0471 euros/m³.
- En estado de emergencia, una tarifa de 0,1595 euros /m³.
A estos importes se añadirá el IVA del 10%.
Cuando los anteriores estados no coincidan con un período completo de facturación, o durante éste se pase de un estado a
otro, se prorrateará la aplicación de las tarifas que procedan en atención al período de vigencia de cada uno de estos
estados.
Finalizados los estados de alerta y emergencia, esta tarifa adicional quedará en suspenso.
De conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En lo no previsto en la presente Ordenanza fiscal se estará a lo dispuesto por el Texto Refundido de la Ley de Haciendas
Locales, a la Ley General Tributaria, así como en las normas y demás disposiciones que las desarrollen o complementen.
Disposición final.
La presente Ordenanza, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
y comenzará a aplicarse a partir de este momento, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Disposición derogatoria.
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango a la presente Ordenanza se opongan a lo en ella establecido.
ANEXO A LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 22, REGULADORA DE LA TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA INCLUIDO LOS
DERECHOS DE ENGANCHE Y COLOCACIÓN Y UTILIZACIÓN DE CONTADORES E INSTALACIONES ANÁLOGAS,
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES.
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE AZUAGA
Desde m³
Bloque 1.º
Euro/m³ IPC abril 2021-2022
Tarifa propuesta 2.º semestre 2022
0 a 10 m³
0,457
8,70%
0,4967590
Bloque 2.º 11 a 25 m³
0,702
8,70%
0,7630740
Bloque 3.º 26 a 70 m³
0,9583
8,70%
1,0416721
Bloque 4.º + de 70 m³
1,5270
8,70%
1,6598490
C. Servic.
7,8017
8,70%
8,4804479
Fija
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE A CARDENCHOSA
Desde m³
Bloque 1.º
0 a 35 m³
Euro/m³ IPC abril 2021-2022
Tarifa propuesta 2.º semestre 2022
0,457
8,70%
0,4967590
Bloque 2.º + de 35 m³
0,9583
8,70%
1,0416721
C. Servic.
7,8017
8,70%
8,4804479
Fija
SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN
Desde m³
Bloque 1.º
Euro/m³ IPC abril 2021-2022
Tarifa propuesta 2.º semestre 2022
0 a 10 m³
0,4012
8,70%
0,4361044
Bloque 2.º 11 a 25 m³
0,5015
8,70%
0,5451305
Bloque 3.º 26 a 70 m³
0,8355
8,70%
0,9081885
Bloque 4.º + de 70 m³
1,3374
8,70%
1,4537538
C. Servic.
7,8017
8,70%
8,4804479
Fija
Los valores anteriormente solicitados son netos y estarán sujetos en todo momento al I.V.A. vigente.
Tarifa adicional por abastecimiento de agua en los estados de alerta y emergencia.- En los períodos en que estén en vigor los
estados de alerta o emergencia, así declarados por la Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena en base
al contrato formalizado entre ésta y la empresa concesionaria Aqualia en fecha 14 de junio de 2018, a la cuota anterior se
añadirá:
- En estado de alerta, una tarifa de 0,0471 euros/m³.
- En estado de emergencia, una tarifa de 0,1595 euros /m³.
A estos importes se añadirá el IVA del 10%.
Cuando los anteriores estados no coincidan con un período completo de facturación, o durante éste se pase de un estado a
otro, se prorrateará la aplicación de las tarifas que procedan en atención al período de vigencia de cada uno de estos
estados.
Finalizados los estados de alerta y emergencia, esta tarifa adicional quedará en suspenso.
De conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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