Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trasierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05547/2022)
Aprobación definitiva del expediente 13/2022 de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
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Ayuntamiento de Trasierra
Anuncio 5547/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Trasierra
Trasierra (Badajoz)
Anuncio 5547/2022
Aprobación definitiva del expediente 13/2022 de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de
tesorería
Acuerdo del Pleno de fecha 8 de noviembre del Ayuntamiento de Trasierra por el que se aprueba definitivamente el
expediente de modificación de créditos número 13/2022 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de
crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería,
lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Suplemento de
crédito
Progr. Económica
165
22100
Energía eléctrica alumbrado
público
929
61900
920
Créditos finales
22.000,00 €
8.000,00 €
30.000,00 €
Otras inversiones de reposición.
Imprevistos
6.000,00 €
7.000 ,00 €
13.000,00 €
22100
Energía eléctrica edificios
titularidad municipal
6.500,00 €
7.000,00 €
13.500,00 €
454
22103
Combustibles y carburantes
241
61902
Material obras AEPSA
Total:
4.000,00 €
800,00 €
4.800,00 €
37.000,00 €
20.000,00 €
57.000,00 €
75.500,00 €
42.800,00 €
118.300,00 €
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS
Aplicación: Económica
87000
Descripción
Euros
Remanente para gastos generales
42.800,00 €
Total ingresos:
42.800,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación definitiva del expediente 13/2022 de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de
tesorería
Acuerdo del Pleno de fecha 8 de noviembre del Ayuntamiento de Trasierra por el que se aprueba definitivamente el
expediente de modificación de créditos número 13/2022 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de
crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería,
lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Suplemento de
crédito
Progr. Económica
165
22100
Energía eléctrica alumbrado
público
929
61900
920
Créditos finales
22.000,00 €
8.000,00 €
30.000,00 €
Otras inversiones de reposición.
Imprevistos
6.000,00 €
7.000 ,00 €
13.000,00 €
22100
Energía eléctrica edificios
titularidad municipal
6.500,00 €
7.000,00 €
13.500,00 €
454
22103
Combustibles y carburantes
241
61902
Material obras AEPSA
Total:
4.000,00 €
800,00 €
4.800,00 €
37.000,00 €
20.000,00 €
57.000,00 €
75.500,00 €
42.800,00 €
118.300,00 €
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS
Aplicación: Económica
87000
Descripción
Euros
Remanente para gastos generales
42.800,00 €
Total ingresos:
42.800,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
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