Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05489/2022)
Convocatoria y bases por la que se convoca a concurso una plaza de personal laboral fijo Grupo C, Subgrupo C2, acogida al proceso de estabilización extraordinario de empleo público en el Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros
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Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros
Calzadilla de los Barros (Badajoz)
Anuncio 5489/2022
Convocatoria y bases por la que se convoca a concurso una plaza de personal laboral fijo Grupo C, Subgrupo C2, acogida al
proceso de estabilización extraordinario de empleo público en el Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros

CONVOCATORIA Y BASES POR LA QUE SE CONVOCA A CONCURSO UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO GRUPO C
SUBGRUPO C2, ACOGIDA AL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO PÚBLICO EN EL AYUNTAMIENTO
DE CALZADILLA DE LOS BARROS
Por resolución de esta Alcaldía de 21 de noviembre de 2022, se ha aprobado en el Marco del proceso de estabilización de
empleo temporal conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público las siguientes.
CONVOCATORIA Y BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Se convoca Concurso para cubrir, con carácter de personal laboral fijo una plaza de personal laboral del grupo C, subgrupo
C2, acogida al proceso de estabilización extraordinario del Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros.

Convocatoria

(Sub) Grupo

Titulación académica requerida

Tipo de personal

1 Oficial de 1.ª Albañilería

C2

Graduado Escolar, ESO o equivalente, permiso de
conducir B

Laboral

Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de
Calzadilla de los Barros y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones
personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitadas que lo soliciten, las
medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso
selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la
persona con discapacidad. En todo caso, el proceso selectivo se realizará en condiciones de igualdad con el
resto de personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
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