Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragosa de Lares. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05538/2022)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Esparragosa de Lares
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Ayuntamiento de Esparragosa de Lares

Anuncio 5538/2022

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. A partir de la entrada en vigor de esta Ordenanza quedan derogadas cuantas disposiciones municipales, de
igual o inferior rango, se opongan a la misma.
2. Quedan vigentes todas las disposiciones municipales en todo aquello que no contradigan expresamente a
lo establecido en esta Ordenanza.
Disposición final única. Aprobación, entrada en vigor y modificación de la Ordenanza fiscal.
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 5 de octubre de 2022
comenzará a regir con efectos desde el 1 de enero de 2023 y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o
derogación".
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Esparragosa de Lares, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Fernando García Arévalo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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