Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05507/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal funcionario de carrera correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización del Organismo Autónomo de Recaudación. Subgrupo C2
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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- Liquidación de la tasa por derechos de examen, mediante el documento acreditativo de haber realizado su
abono ("Autoliquidación modelo 40" en el caso de que el pago se realice a través del servicio de pago con
tarjeta de la Diputación) y/o documentos para la justificación en su caso, de la exención, bonificación (título de
familia numerosa "categoría general") o situación de desempleo (informe de vida laboral).
- Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso. Se recabarán de oficio
aquellos que consten en el expediente personal de la Diputación de Badajoz, para lo cual deberá marcarse
obligatoriamente "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de admisión. En el caso de méritos
baremables que no figuren en dicho expediente, se deberán aportarán los documentos acreditativos según
establece la base séptima de las presentes bases (sistema selectivo).
Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará
en mayúsculas, con los apellidos y nombre de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del
justificante de entrada en registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en
su caso, se deberá realizar por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo
establecido, mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de
Badajoz ubicada en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el el artículo 14.3 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo
9.1.f de la Ordenanza Reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente
se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en
cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos. Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia
técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a
la Ciudadanía y en la página web de la Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/,
se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de
subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La subsanación se deberá realizar por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la
Diputación de Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en
el que se adjuntará la documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1
(Trámite de Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la solicitud de admisión a pruebas
selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la
inclusión de las personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así
mismo, será publicado con la debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de la baremación y la
composición del Tribunal de Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de
Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de
cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación. Será responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora
de consultar los diferentes medios de información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Sexta.- Tribunal de Selección.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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