Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05431/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Encargado de la oficina de información turística, como personal laboral mediante concurso-oposición, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Higuera la Real

Anuncio 5431/2022

funcionario público habilitado perteneciente a la Oficina de asistencia en materia de registros del
Ayuntamiento de Higuera la Real, mediante comparecencia personal.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín
Oficial del Estado.
Los aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y medios para asegurar su participación en igualdad de
condiciones con los demás aspirantes, adjuntarán certificado de discapacidad donde se acrediten las
deficiencias permanentes que han dado lugar al grado de discapacidad reconocido, para que posteriormente
el Tribunal valore la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas. Una vez analizadas las necesidades
específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones de
tiempo y medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban
realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará
de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento de Higuera la Real será
el responsable del tratamiento de estos datos.
Quinta. Derechos de examen
De conformidad con lo previsto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre derechos de examen del
Ayuntamiento de Higuera la Real, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 24 de agosto de 2022, los
aspirantes deberán abonar, en concepto de participación en las convocatorias de selección de personal, la
tasa de inscripción cuya cuantía será la siguiente en función del subgrupo de asignación de la plaza o puesto:

Subgrupo

Tarifa general (€)

Tarifa desempleado (€)

Subgrupos A1 y A2

40,00

30,00

Subgrupos B, C1 y C2

30,00

22,50

Agrupaciones Profesionales

20,00

15,00

Aquellas personas aspirantes que manifiesten encontrarse en situación de desempleo deberán acreditar
dicha condición mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
El abono de la tasa deberá hacerse efectivo durante el tiempo en que permanezca abierto el plazo para la
presentación de solicitudes de participación, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta de este
Ayuntamiento en Banco Santander ES80 0049 0502 8320 1007 0119, especificando en el concepto el nombre
de la plaza o puesto al que se aspira.
La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior determinará la inadmisión del aspirante
a las pruebas selectivas.
Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo la actividad técnica o administrativa que constituye el
hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causas imputables a la persona interesada.
Estarán exentos del pago de la tasa:
- Las personas que formen parte de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de
"categoría especial", de acuerdo con el artículo 12.2.a) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección
de familia numerosa, debiendo acreditarse mediante certificado o fotocopia del carné vigente de familia
numerosa expedido por el órgano competente.
- De acuerdo con la disposición adicional 4.ª de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de reconocimiento y
protección integral a las víctimas del terrorismo, las personas que tengan la condición de víctimas del
terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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