Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05330/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Conserje del colegio público de Alange, mediante contratación laboral indefinida, a jornada completa, incluida en el proceso de estabilización previsto en la Ley 20/2021
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Ayuntamiento de Alange

Anuncio 5330/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alange
Alange (Badajoz)
Anuncio 5330/2022
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Conserje del colegio público de Alange, mediante
contratación laboral indefinida, a jornada completa, incluida en el proceso de estabilización previsto en la Ley 20/2021

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE CONSERJE DEL COLEGIO PÚBLICO DE
ALANGE, MEDIANTE CONTRATACIÓN LABORAL INDEFINIDA, A JORNADA COMPLETA, INCLUIDA EN EL PROCESO DE
ESTABILIZACIÓN PREVISTO EN LA LEY 20/2021
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de conserje del colegio público de Alange,
mediante contratación laboral indefinida, a jornada completa, por el sistema de concurso de valoración de
méritos, incluida en el proceso extraordinario de estabilización previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Las funciones del conserje del colegio público de Alange consisten en la vigilancia, mantenimiento y
conservación del edificio, instalaciones y parcela del colegio público de Alange, y la colaboración en tareas
administrativas.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las
siguientes normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local-LRBRL.
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP.
Tercera.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha
en que concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público-TREBEP.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
e)Estar en posesión del título de graduado en ESO, graduado escolar, o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser
aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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