Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (05469/2022)
Bases específicas reguladoras del Plan de Crédito Local 2022 de la Diputación Provincial de Badajoz con nueva convocatoria de ayudas
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Delegación de Economía y Hacienda

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Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz, se procede a la aprobación de documentos telemáticos que a continuación
se relacionan y que se remitan por vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos en la citada
Ordenanza.
________________
ANEXO I
SOLICITUD DE PRÉSTAMO PARA LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES CON CARGO AL PLAN DE CRÉDITO LOCAL DE LA
DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
1. Datos de la entidad local.
Denominación: _______________________________________________
Dirección: ___________________________________________________
CIF: _______________________________________________________
2. Datos del representante (Alcalde/Alcaldesa).
D./Dña.: _____________________________________________________
DNI: ________________________________________________________
3. Datos persona de contacto.
Nombre: _____________________________________________________
Cargo: ______________________________________________________
Tfno. (1): _____________________________________________________
Tfno. (2): _____________________________________________________
E-mail: _______________________________________________________
4. Documentación que se adjunta:
a) Certificado del Secretario o Secretario-Interventor, de resolución o acuerdo por el órgano competente de
acogerse a la convocatoria que regulan las presentes bases, en el que deberá constar la cantidad solicitada, la
autorización al OAR para realizar los correspondientes descuentos de las entregas a cuenta de los recursos
mensual o trimestralmente en función del Convenio de Gestión y Recaudación en vigor a los efectos de
aplicarlos a facilitar el pago de las amortizaciones de los préstamos formalizados ,el carácter preferente de
estas retenciones, y el número de plazos (trimestrales o mensuales, según proceda) que no podrá exceder de
10 años desde el pago del préstamo.
b) Certificado del Interventor/a o Secretario-Interventor/a de la entidad local que acredite la aprobación de
la liquidación del ejercicio 2021.
c) Certificado del Interventor/a o Secretario-Interventor/a de la entidad local de la aprobación inicial o
definitiva del presupuesto del ejercicio 2022 o de la modificación presupuestaria en cumplimiento de los
requisitos del artículo 50.b) del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en el caso de encontrarse en situación de prórroga
presupuestaria.
d) Certificado del Interventor /a o Secretario-Interventor/a de la entidad local que acredite el cumplimiento
de ahorro neto positivo de la Liquidación 2021, calculado en la forma que establece el artículo 53.1 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
e) Certificado del Interventor/a o Secretario-Interventor/a de la entidad local del volumen total del capital
vivo, resultante de a liquidación 2021, incluido el préstamo que se solicita, con indicación de que el mismo no
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