Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). (05415/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Educador Social adscrita al Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

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pruebas tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
5. El Ayuntamiento de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar
aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
6. Aprobada la propuesta de contratación y acreditados los requisitos exigidos en la convocatoria, las personas opositoras
propuestas deberán ser contratadas como personal laboral fijo.
Decimoprimero.- Legislación.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Decimosegunda.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si transcurriese un mes desde el
día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entenderse que ha sido
desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la
ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, dentro
del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
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ANEXO I
TEMARIO COMÚN
TEMA 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I (de los Derechos y Deberes Fundamentales):
Capítulo I: De los españoles y los extranjeros. Capítulo II: Derechos y libertades.
TEMA 2. La Constitución Española de 1978: Título VIII (de la Organización Territorial del Estado): Capítulo I: Principios
Generales, Capítulo II: De la Administración Local. Título IX Del Tribunal Constitucional.
TEMA 3. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título I: Disposiciones generales Título II: El
Municipio.
TEMA 4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título VI: Bienes, actividades y servicios.
TEMA 5. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título VII: Personal al servicio de las Entidades
Locales y Título VIII: Haciendas Locales.
TEMA 6. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo II y capítulo III.
TEMA 7. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo IV, V y VI.
TEMA 8. El Presupuesto de las Entidades Locales: Contenido y aprobación. Estructura presupuestaria. Gestión
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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