Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Parra. Recursos Humanos (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05349/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Maestra/o de Guardería como personal laboral fijo
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Ayuntamiento de La Parra

Anuncio 5349/2022

Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración Pública u otras
entidades públicas o privadas, que estén relacionadas directamente con el puesto de trabajo, y hasta un
máximo de 20 puntos en total:
De 5 a 10 horas: 0,10 puntos.
De más de 10 hasta 20 horas: 0,20 puntos.
De más de 20 hasta 50 horas: 0,30 puntos.
De más de 50 horas: 0,50 puntos.
La justificación del apartado de formación será mediante copia compulsada del título, diploma o certificado
de la realización del mismo, en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de
duración. De no venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo al que más experiencia profesional posea en la entidad
convocante. De persistir el empate se procederá a desempatar con el que más experiencia profesional posea en cualquier
entidad.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
7.2.- Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará pública en el Tablón de
anuncios del Ayuntamiento de La Parra y en el tablón de anuncios de la sede electrónica las puntuaciones provisionales
obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de
solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
Octava.- Relación de aprobados/as, presentación de documentación y formalización del contrato.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos
para su contratación, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y ocupar la plaza,
en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica del Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La persona aspirante propuesta, con excepción de aquellas que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de La Parra,
deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su capacidad
para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un dictamen
negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Quienes, dentro del plazo anterior, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes
a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica del contrato celebrado.
Novena.- Incompatibilidades.
El aspirante propuesto quedará sujeto al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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