Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05370/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Técnico/a Medio Gestión Medioambiental
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente
firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial
de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o
solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica
la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Las personas aspirantes con discapacidad, que precisen adaptaciones para la realización de los ejercicios deberán solicitarlo
en la instancia concretando la adaptación que se precise, en el caso de que estas sean necesarias. Deberán aportar junto a
la misma el certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual o superior al
33%. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan,
concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio,
por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se
tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del
nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el
formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de la aspirante para las
funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes bases.
Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura,
CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y
funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto laboral» emitido
por el Servicio de Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación deberá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación
oportuna
en
función
de
la
causa
de
exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1(trámite de Recursos Humanos y
Régimen Interior: subsanación de la solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así mismo, será publicará con la
debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios, y los componentes del Tribunal de Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación. Será
responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora de consultar los diferentes medios de
información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Sexta.- Tribunal de Selección.
Estará integrado por cinco miembros (una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario/a de carrera y poseer una
titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como
observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la Diputación de Badajoz.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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