Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05182/2022)
Resolución de dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz
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Delegación de Cultura y Deportes

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Cultura y Deportes
Servicio Provincial de Bibliotecas
Badajoz
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Resolución de dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz

RESOLUCIÓN DE DOTACIÓN DE FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y AUDIOVISUALES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE
BADAJOZ
Con fecha 18 de noviembre de 2022, por parte del Sr. Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación
Municipal y Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz, por delegación del Presidente,
se ha dictado resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
"DECRETO. En Badajoz, a fecha de la firma electrónica
De conformidad con lo dispuesto en la base 10.ª que regula la subvención en especie para la dotación de fondos
bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz (BOP número 91, de 16 de mayo de 2022) y visto
el informe de resultados formulado por la Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz,
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de
julio, la Ordenanza general de subvenciones y el Plan Estratégico de Subvenciones para 2022, el Decreto de nueva
configuración de Áreas Funcionales y Delegaciones del Presidente de la Corporación Provincial, Mandato 2019-2023, de
fecha 5 de julio, publicado en BOP el 8 de julio, así como, la convocatoria de referencia,
HE RESUELTO:
Primero.- Declarar beneficiarias a las Entidades Locales indicadas en el anexo I, así como conceder la cuantía establecida en
el mismo.
Segundo.- Excluir las solicitudes que se mencionan en el anexo II, de conformidad con lo estipulado en la base 8.ª de las que
rigen la convocatoria, por haber sido presentadas fuera de plazo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuarto.- Abrir un plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente en que aparezca publicada la presente
resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para la elaboración de la desiderata que se desea incorporar al
fondo bibliotecario por la cuantía indicada en el anexo I, que deberá confeccionarse de acuerdo con las instrucciones que se
establezcan, mediante la correspondiente comunicación, por parte del Servicio Provincial de Bibliotecas.
Quinto.- La Excma. Diputación de Badajoz, a través de los medios oportunos, remitirá el material solicitado y realizará una
comprobación de su uso mediante los mecanismos de inspección y control que crea convenientes.
Sexto.- El incumplimiento por parte de la Entidad Local beneficiaria del destino o finalidad para el que fue otorgada la
dotación dará lugar, previa audiencia al interesado, a la revocación de la misma, quedando facultada la Diputación para el
ejercicio de las actividades de comprobación y fiscalización previstas en la Ordenanza general de subvenciones aprobada en
sesión del día 30 de noviembre de 2006.
Similares consecuencias acarreará la obstaculización a la labor inspectora de la Administración.
Séptimo.- Comunicar la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la próxima sesión ordinaria que se celebre, de
conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Locales, a efectos de
conocimiento.
Lo dispone así el Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la
Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz, por Decreto del Presidente, en Badajoz, a fecha de la firma
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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