Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05263/2022)
Convocatoria y bases del proceso selectivo mediante concurso de una plaza de Monitor Deportivo en el marco del procedimiento de estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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El Secretario del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo de cada
una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes del
Tribunal. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos apartados de la fase de concurso y superará el
proceso selectivo aquel opositor que obtengan puntuación suficiente para resultar incluido dentro del número de aspirante
que por orden de puntuación obtenida de mayor a menor coincida con el número de plazas convocadas. Las calificaciones
se harán públicas y los interesados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las
mismas. Una vez resueltas las reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las calificaciones definitivas.
El concurso valorará los méritos aportados y justificados documentalmente conforme al siguiente baremo:
1.- Experiencia profesional.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos de experiencia profesional, será la de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y se computarán un máximo de 10 años.
La puntuación máxima total a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a 8 puntos.
- Por cada mes de servicios prestados en la administración convocante como personal funcionario interino o
personal laboral temporal en el Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y Especialidad de la
plaza convocada 0,15 puntos por cada mes completo de servicios efectivos a jornada completa. Si el
porcentaje de la jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
- Por cada mes de Servicio prestado como personal funcionario interino o personal laboral temporal en la
administración convocante cuando el Cuerpo, Escala, Categoría , Cuerpo y Especialidad o Categoría y
Especialidad donde se hayan prestado los servicios esté relacionada con la plaza convocada 0,10 puntos por
cada mes completo de servicios efectivos a jornada completa. Si el porcentaje de la jornada fuera inferior a la
jornada completa se valorará proporcionalmente.
- Por cada mes de Servicio prestado como personal funcionario interino o personal laboral temporal en otras
Administraciones Públicas o entes del sector público en el Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o
Categoría y Especialidad de la plaza convocada.- 0,05 puntos por cada mes completo de servicios a jornada
completa. Si el porcentaje fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
La experiencia profesional se acreditará con la aportación del informe de vida laboral expedido por la seguridad social,
actualizado, acompañado de documentos acreditativos tales como certificación administrativa, expedida por la
Administración Pública competente, contrato de trabajo, certificado de empresa.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra se certificarán de oficio por el órgano administrativo
correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al/a interesado/a, no siendo necesario aportarlos junto a la
solicitud.
2.- Formación.
Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 2,00 puntos.
En este apartado no se valorarán los cursos de formación que no estén relacionados directamente con el puesto a ocupar.
Los cursos de formación convocados e impartidos por cualquier Administración Pública u otras entidades públicas o
privadas, que estén relacionados directamente con el puesto de trabajo, se valorarán:
- De 5 horas a 9 horas: 0,25 puntos.
- De 10 horas a 24 horas: 0,50 puntos.
- De 25 horas a 59 horas: 0,75 puntos.
- De 60 horas o mas. 1,00 puntos.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a 5 horas.
La justificación del apartado de formación será mediante copia del título, diploma o certificado de la realización del mismo,
en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado alguno de
estos extremos no podrá computarse.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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