Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05279/2022)
Bases que han de regir en la convocatoria para cubrir una plaza de Limpiador/a, mediante contratación laboral indefinida, al 50 por ciento de la jornada, de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 5279/2022
Bases que han de regir en la convocatoria para cubrir una plaza de Limpiador/a, mediante contratación laboral indefinida, al
50 por ciento de la jornada, de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE LIMPIADORA, MEDIANTE CONTRATACIÓN
LABORAL INDEFINIDA, AL 50% DE LA JORNADA, DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS CENTRO.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de limpiadora, mediante la contratación laboral indefinida,
al 50% de la jornada, de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, por el sistema de concurso, de fondos propios,
incluidas en el proceso extraordinario de estabilización previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Las funciones son las de limpieza, mantenimiento y conservación de las instalaciones de la sede de la Mancomunidad.
La prestación del servicio se hará a media jornada, con una duración de veinte horas semanales de trabajo efectivo de
promedio en cómputo anual y unas retribuciones equivalentes al 50% del salario mínimo interprofesional.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Tercera.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
e) Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar, o
equivalentes o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
La equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la
administración competente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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