Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza Capilla. Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05215/2022)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público del Ayuntamiento Zarza Capilla
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Ayuntamiento de Zarza Capilla

Anuncio 5215/2022

administrativo común de las administraciones públicas vigente con las especialidades contenidas en los
artículos 45 a 49 de la Ley 5/2018.
2. Las alcaldesas y los alcaldes serán competentes para imponer sanciones por infracciones leves.
3. Los órganos competentes de la Junta de Extremadura y de este Ayuntamiento se informarán
recíprocamente de los expedientes que tramitan, en el plazo de diez días contados a partir de la fecha de la
resolución de la incoación.
4. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución del procedimiento será de doce meses desde la
fecha del acuerdo de incoación, transcurrido el cual, se producirá la caducidad del mismo.
Artículo 93. Funciones de inspección y control e intervenciones específicas.
1. Para el ejercicio de las funciones de inspección y control tanto de los funcionarios públicos como de los
agentes de la policía, previa acreditación de su condición, así como para las actuaciones a los que están
autorizados, se observarán las prescripciones que sobre las mismas se recogen en el artículo 30 de la Ley
5/2018.
2. En los supuestos recogidos en este capítulo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dichos
funcionarios y agentes, así como los órganos competentes de las correspondientes administraciones podrán
acordar las medidas provisionales pertinentes sobre las bebidas, envases o demás elementos objeto de
prohibición, así como otros materiales o medios empleados. Dichas medidas provisionales deben ser
ratificadas a la mayor brevedad posible por el órgano competente para incoar el expediente sancionador. Las
bebidas intervenidas podrán ser destruidas por razones higiénico-sanitarias, previa autorización por el órgano
competente para incoar el expediente sancionador.
3. Para garantizar la salud de las personas afectadas, así como para evitar molestias graves a los ciudadanos,
los agentes de la autoridad, cuando proceda, podrán acompañar a las personas en estado de embriaguez a
los servicios de salud o de atención social correspondientes.
CAPÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR EN MATERIA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS
Artículo 94. Fundamentación legal.
La regulación y tipificación recogidas en el presente capítulo se hace en aplicación de la Ley 7/2019, de 5 de abril, de
Espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de las competencias
atribuidas por la misma a los municipios en su artículo 8.
Dicha Ley 7/2019, tiene como finalidad facilitar que los espectáculos públicos y actividades recreativas se lleven a cabo
adecuadamente y sin alteración del orden público, salvaguardando la seguridad e integridad del público asistente, personas
usuarias y participantes, atendiendo a su carácter inclusivo y a las consideraciones de perspectiva de género en las
actuaciones que ampara la Ley, así como la convivencia ciudadana.
Artículo 95. Infracciones muy graves.
Se consideran infracciones muy graves:
a) La celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas expresamente prohibidas en la Ley
7/2019.
b) El incumplimiento de las resoluciones firmes en vía administrativa en materia de prohibición, suspensión e
inhabilitación en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como las referidas al cierre o
clausura de establecimientos e instalaciones y revocación de autorizaciones.
c) El incumplimiento de las medidas provisionales adoptadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley
7/2019.
d) La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas o la apertura de establecimientos
públicos e instalaciones portátiles o desmontables sin la preceptiva licencia, autorización o cualquier otro
título habilitante que proceda, o incumpliendo los términos de estos o de las medidas de accesibilidad
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