Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Táliga. Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05256/2022)
Aprobación definitiva del expediente de transferencia de créditos número 3/2022/2
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Ayuntamiento de Táliga

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Táliga
Táliga (Badajoz)
Anuncio 5256/2022
Aprobación definitiva del expediente de transferencia de créditos número 3/2022/2

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITO NÚMERO 3/2022/2
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general
conocimiento que, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, previo anuncio
publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 4735/2022 de fecha 2 de noviembre de 2022, queda automáticamente
elevado a definitivo el acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria día 27 de octubre de 2022, sobre el expediente de
modificación de créditos número 3/2022/2 del presupuesto prorrogado en la modalidad de transferencia de crédito entre
aplicaciones de distinto área de gasto:
Modificación en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales
(€)

Progr. Económica

Transferencia de
crédito (€)

Créditos finales (€)

011

90000

Amortización deuda pública
a corto plazo (€)

109.290,98

- 84.000,00

25.290,98

920

62300

Maquinaria, instalaciones
técnicas y utillaje

214.459,55

- 76.000,00

138.459,55

165

22100

Energía eléctrica

35.000,00

160.000,00

195.000,00

358.750,33

160.000,00

358.750,33

Total:

Esta modificación del presupuesto municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un
crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Táliga, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, David Fernández Fernández.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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