Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Recursos Humanos (Mérida). (05209/2022)
Modificación de las bases para la provisión, por oposición libre, de una plaza de Sepulturero/a del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 5209/2022

aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local; el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1
octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
2.- Requisitos de las personas aspirantes.
1.º.- Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán
cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
3.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias dirigidas al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, solicitando tomar
parte en la oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo I, los aspirantes deberán
manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se
recogen, en la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento, o promesa, de
acuerdo con la normativa vigente, debiéndose acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberán
solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables y justificados necesarios
de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las
necesidades específicas y justificadas que tiene para acceder al proceso de selección en
igualdad de condiciones. A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las
adaptaciones solicitadas, se recabará del candidato/a el correspondiente certificado o
información adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino
únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la
prueba a realizar.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro
del plazo legal concedido para ello. Y en caso de tener derecho a la reducción de dicho
importe, documento que justifique su aplicación.
b) Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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