Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Parra. Recursos Humanos (Badajoz). (05238/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo para registro como personal laboral fijo
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Ayuntamiento de La Parra
Anuncio 5238/2022
Se valorarán los siguientes méritos:
b.1. Por titulación superior a la exigida en la convocatoria: 15 puntos.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia compulsada del título
académico oficial de mayor grado alcanzado.
- No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de
otros de nivel superior.
- A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
b.2. Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración
Pública u otras entidades públicas o privadas, que estén relacionadas directamente con el
puesto de trabajo, y hasta un máximo de 5 puntos en total:
- De 5 a 10 horas: 0,10 puntos.
- De más de 10 hasta 20 horas: 0,20 puntos.
- De más de 20 hasta 50 horas: 0,30 puntos.
- De más de 50 horas: 0,50 puntos.
La justificación del apartado de formación será mediante copia compulsada del título, diploma o certificado de la realización
del mismo, en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado
alguno de estos extremos no podrá computarse.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo al que más experiencia profesional posea en la entidad
convocante. De persistir el empate se procederá a desempatar con el que más experiencia profesional posea en cualquier
entidad.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
7.2. Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Calificador hará pública en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de La Parra y en el tablón de anuncios de la sede electrónica las puntuaciones provisionales
obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de
solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y formalización del contrato.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos
para su contratación, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y ocupar la plaza,
en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica del Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La persona aspirante propuesta, con excepción de aquellas que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de La Parra,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se valorarán los siguientes méritos:
b.1. Por titulación superior a la exigida en la convocatoria: 15 puntos.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia compulsada del título
académico oficial de mayor grado alcanzado.
- No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de
otros de nivel superior.
- A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
b.2. Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración
Pública u otras entidades públicas o privadas, que estén relacionadas directamente con el
puesto de trabajo, y hasta un máximo de 5 puntos en total:
- De 5 a 10 horas: 0,10 puntos.
- De más de 10 hasta 20 horas: 0,20 puntos.
- De más de 20 hasta 50 horas: 0,30 puntos.
- De más de 50 horas: 0,50 puntos.
La justificación del apartado de formación será mediante copia compulsada del título, diploma o certificado de la realización
del mismo, en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado
alguno de estos extremos no podrá computarse.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo al que más experiencia profesional posea en la entidad
convocante. De persistir el empate se procederá a desempatar con el que más experiencia profesional posea en cualquier
entidad.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
7.2. Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Calificador hará pública en el tablón de
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obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de
solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y formalización del contrato.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos
para su contratación, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y ocupar la plaza,
en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica del Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La persona aspirante propuesta, con excepción de aquellas que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de La Parra,
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