Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Recursos Humanos (Badajoz). (05239/2022)
Bases de convocatoria de estabilización de empleo temporal de personal grupo A1
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 5239/2022

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida conforme a lo previsto en la base primera.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
Tercera. Publicidad.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(cabezadelbuey.sedelectronica.es), insertándose un extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Boletín Oficial del Estado.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones
exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la señora Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Se presentarán mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cabeza del Buey
(cabezadelbuey.sedelectronica.es), a la que se adjuntará la solicitud según el anexo 1 de estas bases y, en su caso, la
documentación requerida.
Las solicitudes, según modelo del anexo 1, podrán presentarse también por cualquiera de los medios establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que
determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Junto con las solicitudes deberán presentarse los siguientes documentos:

Copia del DNI.
Documentos acreditativos de los méritos de experiencia y formación.
Justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen.
La tasa por derechos de examen será de cincuenta (50,00) euros, conforme estipula la Ordenanza reguladora de derechos
de examen aprobada por este Ayuntamiento y será ingresada en la cuenta de titularidad municipal de Unicaja número: ES26
2103 7123 3200 3000 4563, especificando el nombre del aspirante y la plaza a la que se presenta.
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de Cabeza del Buey será comprobada
de oficio por el mismo.
Quinta. Admisión de aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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