Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Recursos Humanos (Mérida). (05211/2022)
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Dinamizador Deportivo, personal laboral fijo, incluidas en el proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 5211/2022

máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al
interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del
interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan
conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los
ejercicios.
Sexta.- Desarrollo de la convocatoria: El proceso de selección será de concurso-oposición y consistirá en dos pruebas:
FASE OPOSICIÓN:
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados
como aptos en la citada fase de oposición.
A) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en una hora, un cuestionario de cuarenta preguntas
(más 4 preguntas de reserva, para el caso de que alguna pregunta fuera anulada), con cuatro respuestas alternativas,
basadas en el temario anexo correspondiente. (La prueba tiene carácter eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10
puntos).
Solo podrán superar la primera prueba las 20 mejores notas obtenidas en el test, salvo en caso de empate, en el que podrán
acceder a las siguientes pruebas las personas que hubieran empatado con la 20.ª mejor nota.
B) Segunda prueba: Consistirá en la realización de una prueba o supuesto práctico relacionado con el contenido del temario.
El tiempo para la realización de esta prueba será determinado por el Tribunal (la prueba tiene carácter eliminatorio, y se
calificará con un máximo de 10 puntos). El Tribunal deberá garantizar la incomunicación entre los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más conveniente.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través
de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar,
motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean
corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan. Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán
el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios
realizados por los opositores.
C) Determinación de la puntuación: La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su calificación se
determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco
puntos para superar el ejercicio. En la primera prueba, tipo test, cada respuesta correcta sumará 0,25 puntos, las respuestas
incorrectas restarán 0,09 puntos y las respuestas en blanco no puntuarán. El segundo ejercicio se calificará con la media
resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones
máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a dos puntos, debiendo obtener al menos una
puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se
diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. La calificación
de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
Una vez obtenida dicha puntuación, se efectuará un cálculo proporcional para que la valoración de la fase de oposición
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