Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05204/2022)
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, dos plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local, personal laboral fijo, incluidas en el proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 5204/2022

Lo que se hace público para general conocimiento.
Puebla de la Calzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan María Delfa Cupido.
_____________
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD

Datos del solicitante
Nombre

NIF

Dirección
Teléfono

Móvil

CP

Localidad

Fax

Correo electrónico

Provincia

Datos del representante
Nombre

NIF

Dirección
Teléfono

Móvil

CP

Localidad

Fax

Correo electrónico

Provincia

Datos de la notificación
Persona a notificar
Solicitante
Representante

Medio preferente de notificación
Notificación postal
Notificación electrónica

EXPONE:
Primero. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número _____, de
fecha ______________, en relación con el proceso de selección para cubrir, con carácter de personal laboral fijo,
dos plazas de Agentes de Desarrollo Local, vacantes en la plantilla de personal laboral, mediante concurso, y
para conformar la lista de espera, conforme a las bases publicadas en el mismo anuncio y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada.
Segundo. Que creyendo reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha
de expiración del plazo de presentación de la instancia, declaro bajo mi responsabilidad:
Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no estar dentro de las causas de
incompatibilidad del personal al servicio de las administraciones públicas, conforme a lo establecido
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
administraciones públicas.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se
establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias
del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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