Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05204/2022)
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, dos plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local, personal laboral fijo, incluidas en el proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 5204/2022

Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
Sexta.- Procedimiento de selección: Concurso.
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos. La fecha de referencia para la valoración de los méritos
será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Se valorarán los siguientes méritos:
1) La experiencia profesional, se valorará con un máximo de 6 puntos:
a) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada como personal funcionario o personal
laboral en la categoría profesional (puestos 25 o 26 RPT, Agentes de Desarrollo Local), hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,03 puntos por mes completo de servicios
efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el
porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
b) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada como personal funcionario o personal
laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 2 o superior) y puesto con funciones idénticas o
similares (y superiores) a las fijadas en la RPT (puestos 25 o 26, agentes de desarrollo local), hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,0225 puntos por mes completo de
servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si
el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
c) Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público como personal funcionario o
personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 2 o superior) y puesto con funciones
idénticas o similares (y superiores) a las fijadas en la RPT (puesto 25 o 26, agentes de desarrollo local), hasta la
fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos por mes completo
de servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos),
si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá hacerse
obligatoriamente mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I del Real Decreto
1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
2) Méritos académicos u otros méritos, se valorarán con un máximo 4 puntos:
a) Titulación específica o superior a la requerida, se valorará con 2 puntos:
Titulación superior a la requerida. Por licenciatura o Máster, 2 puntos.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia auténtica de la
titulación correspondiente.
b) Cursos de formación.- Los cursos se valorarán hasta un máximo de 2 puntos. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y Másteres realizados en
colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta
(de acuerdo con las funciones fijadas para el puesto en la RPT), atendiendo al siguiente desglose:
De 5 horas a 9 horas: 0,10 puntos.
De 10 horas a 24 horas: 0,25 puntos
De 25 horas a 59 horas: 0,50 puntos
De 60 horas a 299 horas: 0,75 puntos.
De 300 horas o más: 1,5 puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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