Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05204/2022)
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, dos plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local, personal laboral fijo, incluidas en el proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
Anuncio 5204/2022
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, dos plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local,
personal laboral fijo, incluidas en el proceso de estabilización

BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO, 2 PLAZAS DE AGENTES DE DESARROLLO
LOCAL, LABORAL FIJO EN EL AYTO. DE PUEBLA DE LA CALZADA
Don Juan María Delfa Cupido, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo
público de estabilización correspondiente al ejercicio 2022 (ejecución de los Procesos de Estabilización de Empleo Temporal DA 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021), convoca procedimiento selectivo para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, 2 plazas de
Agentes de Desarrollo Local, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, con arreglo a las
siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria: El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal laboral fijo
para la cobertura de 2 plazas vacantes, mediante el sistema de concurso, por turno de acceso libre.
Las referidas plazas están incluidas en la oferta pública de empleo para la estabilización de empleo temporal
correspondiente al ejercicio 2022, aprobada por resolución de Alcaldía 2022-0574 con fecha 17 de mayo de 2022 y publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia número 95, de fecha 20 de mayo de 2022 (corrección de errores BOP número 96 de 26 de
mayo de 2022), y en el DOE número 101, de fecha 27 de mayo de 2022, cuyas características son:

N.º
puesto

N.º
plazas

25

1

26

1

Denominación
puesto

Naturaleza
y sing.
puesto

Grupo

Requisitos

Forma
provisión

Puntos
específ.

Nivel

Jornada/dedic.

Agente
Desarrollo
Local

Laboral
No

A2

Diplomatura
o
equivalente

Concurso
general

650

20

L-V 8:00 -15:00
(resto flexible)

Agente
Desarrollo
Local

Laboral
No

A2

Diplomatura
o
equivalente

Concurso
general

650

20

L-V 8:00 -15:00
(resto flexible)

Las plazas están adscritas a empleo y desarrollo local y las tareas específicas serán las fijadas en la relación de puestos de
trabajo para los puestos 25 y 26.
Además, para el personal que no resulte seleccionado, se creará una lista de espera en el subgrupo A2, con la finalidad de
dar cobertura con los integrantes de la misma a las necesidades de agentes de desarrollo local que para este subgrupo
demande el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, sin perjuicio de los procedimientos selectivos que puedan convocarse en
razón de las especiales características que concurran en el puesto de trabajo a ocupar o de los distintos planes de empleo
que exijan contrataciones a través de otros procedimientos selectivos.
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento general de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el artículo 2 y la Disposición adicional primera, cuarta, sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el RD 896/1991, de 7
de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (en lo que sean aplicables),
y de acuerdo con lo estipulado en el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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