Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05203/2022)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de locales e instalaciones municipales
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

Anuncio 5203/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 5203/2022
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de locales e
instalaciones municipales

APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL
"ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES"
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria en fecha 30 de
septiembre de 2021, de aprobación inicial de la "Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de locales e
instalaciones municipales", por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, para que el mismo pudiera ser examinado y poderse presentar las reclamaciones y
sugerencias que se consideren oportunas.
Y resultando que finalizado el referido plazo de exposición al público, no se han presentado reclamaciones o sugerencia
alguna, se considera definitivamente aprobado dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por lo que se procede a su publicación de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los preceptos afectados por la modificación aludida son los siguiente:
El artículo 11 de la Ordenanza fiscal referente a la base imponible y liquidable, queda redactado como sigue:
La base imponible y liquidable viene redactada por la clase o naturaleza del servicio solicitado y el tiempo de utilización del
mismo.
CUOTA TRIBUTARIA

Euros/día
Salón de acto de la Casa de la Cultura

300,00 €

Salón de actos de la plaza de Abastos

200,00 €

Pabellón polideportivo municipal

500,00 €

Plaza de toros

500,00 €

Naves industriales y otros locales

150,00 €

Piscina municipal

500,00 €

Cafetería de la piscina

300,00 €

Albergue

300,00 €

Aula de la naturaleza

300,00 €

Gimnasio

300,00 €

Báscula

200,00 €

Aulas

50,00 €

Casa Fuente Lunara

200,00 €

Utilización de la casa de la Fuente Lunara para actividades turísticas

0,00 €

Utilización de la casa de la Fuente Lunara para asociaciones

0,00 €

Penalización de asociaciones por prestar el nombre para utilización de local
Cesión de local-despacho para emprendedores que se inicien en una actividad

500,00 €
50,00 € mes/máximo 1 año

Cabeza la Vaca, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel Vázquez Villanueva.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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