Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05187/2022)
Aprobación definitiva del expediente de modificación 2/2022 de las bases de ejecución del presupuesto de 2022 (base 43)
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

Anuncio 5187/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
Anuncio 5187/2022
Aprobación definitiva del expediente de modificación 2/2022 de las bases de ejecución del presupuesto de 2022 (base 43)

APROBACIÓN DEFINITIVA
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro por el que se aprueba definitivamente el expediente de
modificación 2/2022 de las bases de ejecución del presupuesto de 2022.
Aprobado definitivamente el expediente de modificación 2/2022 de las bases de ejecución del presupuesto de 2022 por
acuerdo plenario de 21 de noviembre de 2022, en relación con la base número 43 sobre la cuenta de anticipos de caja fija.
Por ello, se hace pública la referida modificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y
el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Así pues, se modifica la base número 43 añadiendo el subapartado 7 en los siguientes términos:
"7. Cancelación de cuenta de anticipos de caja fija.
Considerando las circunstancias actuales y, en su caso, una vez subsanados los errores y repuestos los fondos
por la entidad bancaria en la cuenta de anticipos de caja fija, tras el preceptivo informe de rendición de cuenta
por parte de la persona habilitada para su disposición, mediante resolución de alcaldía se cancelará la cuenta
de anticipos de caja fija".
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Antonio Romero Jaroso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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