Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05104/2022)
Bases para la estabilización de dos plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 5104/2022

de agente de empleo y desarrollo local: 0,15 puntos/hora.
Las horas de formación se acreditarán mediante la presentación del certificado o diploma que acredite la
misma.
8.2.2.- Superación procesos selectivos (máximo 20 puntos):
a) Por haber superado algún proceso selectivo convocado por el Servicio Extremeño Público de
Empleo, correspondiente a personal funcionario interino en el mismo cuerpo o escala o como
personal laboral temporal en la misma categoría profesional y que hayan obtenido plaza en
Administración convocante, por cada proceso superado: 20 puntos.
b) Por haber superado algún proceso selectivo para el acceso a puestos de personal
funcionario interino en el mismo cuerpo o escala o como personal laboral temporal en la
misma categoría profesional de cualquier otra Administración Pública, por cada proceso
superado: 10 puntos.
Los procesos selectivos superados se acreditarán mediante la presentación de un certificado administrativo
expedido por el titular de la fe pública de la Administración Pública en la que se integre la unidad o servicio
correspondiente.
En el caso de que se produzca empate en la valoración de méritos entre dos o más aspirantes, se tendrá en
cuenta la mayor puntuación obtenida en la valoración de los servicios prestados como personal funcionario
interino en el mismo cuerpo o escala o como personal laboral temporal en la misma categoría profesional de
la Administración convocante.
Novena.- Calificación definitiva y relación de aprobados.
El Tribunal elevará a la presidencia, junto con el acta de la última sesión, la propuesta de nombramiento el aspirante que
haya obtenido la mayor puntuación.
Quienes no reúnan los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
Décima.- Presentación de documentos y contratación.
10.1.- En el plazo de veinte días hábiles a contar de la publicación de la propuesta de nombramiento en la
sede electrónica de esta Mancomunidad, el aspirante propuesto deberá presentar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida en la base tercera.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente
disciplinario de ninguna de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial,
para el acceso al cuerpo o escala objeto de la presente convocatoria.
d) Informe médico, de no padecer enfermedad o defecto físico que impidan el ejercicio de las
correspondientes funciones.
10.2.- Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor no presentase la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, no podrá ser
contratado, dando lugar a la invalidez de sus actuaciones y a la subsiguiente nulidad de los actos del Tribunal
con respecto a ésta, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su
solicitud.
10.3.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la presidencia efectuará la correspondiente
contratación laboral indefinida.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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