Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05122/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plazas con carácter de personal laboral fijo, grupos A2 y C1 del Consorcio de la Escuela de Artes y Oficios Adelardo Covarsí, acogidas al proceso extraordinario de estabilización de empleo público
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Recursos Humanos

Anuncio 5122/2022

personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las
medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso
selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la
persona con discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con
el resto de personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación indicada para cada plaza en la base primera de
esta convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración responsable contenida en
la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los
datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten seleccionados deban aportar en el momento de su
nombramiento la documentación acreditativa correspondiente.
Cuarta.- Solicitudes.
1. Plazo de presentación.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2. Modelo y obtención solicitud.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas serán cumplimentadas exclusivamente a través de la aplicación
informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en la página web del Ayuntamiento de Badajoz sede electrónica
(catálogo de trámites) – procesos selectivos.
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/tramites-online/tramite/46507/solicitud-de-convocatoria-publica-de-empleo
La solicitud deberá cumplimentarse y descargarse el fichero PFD generado para su presentación en registro, ya se presente
a través de registros electrónicos o presencial. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada
a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
3. Tasas.
Los derechos de examen serán de 24,04 € (A2) y 9,02 € (C1), que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido en el
punto 4, indicando en el concepto "Concurso grupos A2 y C1 consorcio Adelardo Covarsí".
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Badajoz reguladora de la tasa por derecho de
examen en convocatorias para acceder a la Función Pública:
a) Estarán exentos del pago de la tasa las familias numerosas de categoría especial.
b) Están bonificados con el 50% de la cuota tributaria las familias numerosas de categoría general.
En cualquier caso, habrá de acreditarse la condición de familia numerosa.
c) Estarán exentos del pago de la tasa los demandantes de empleo, que tendrán que acreditar su condición
mediante la presentación, conjuntamente, de los siguientes documentos:
Fotocopia de la demanda de empleo vigente y debidamente renovada/actualizada por el Servicio
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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