Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Recursos Humanos (Badajoz). (05103/2022)
Bases y convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, una plaza de Trabajador/a Social, funcionario/a, incluida en el proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 5103/2022

impida ese desempeño. A tal efecto, las personas seleccionadas se someterán a las pruebas y reconocimientos médicos
oportunos. La negativa a realizar dichas pruebas supondrá la exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal del Ayuntamiento de Puebla de la
Calzada, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en cuenta. Corresponde a cada participante el análisis
del contenido de su expediente de personal y la comprobación de que en el mismo constan los documentos originales o
copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de participación en el proceso selectivo.
En todo caso, el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada confeccionará un certificado de servicios previos con referencia a la
fecha de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los aspirantes que presten servicios en dicha
Administración y concurran al proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren en la clasificación
definitiva del proceso selectivo. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán
todas y todos los candidatos que hayan superado el concurso, ordenados por la puntuación total obtenida. No obstante, si
las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos distintos, sus características fueran
iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la propuesta del Tribunal Calificador dará lugar, sin
más trámites, a la relación provisional de personas seleccionadas.
En el plazo de un mes a contar desde la terminación de los veinte días anteriores, el nombramiento mencionado se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (y en los demás lugares que sea procedente). Una vez publicado el
nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes. Quien, sin causa
justificada, no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas
selectivas y del nombramiento conferido. En el acto de toma de posesión, el/la aspirante nombrado/a deberá prestar
juramento o promesa, de acuerdo con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Formalizado el nombramiento se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez
días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados. El aspirante seleccionado/a deberá superar el período de prueba
de un plazo de dos meses.
En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los/as aspirantes que no habiendo sido seleccionados para su
nombramiento, a los efectos de que si por cualquier circunstancia el/la aspirante aprobado/a no hubiera sido nombrado (o
no hubiera superado el periodo de prácticas/prueba), pudieran serlo, por orden de puntuación.
Con independencia de lo anterior, los aspirantes que hayan superado al menos una puntuación de 3 en el concurso,
pasarán a constituir una lista de espera con el fin de atender futuras necesidades en la contratación/nombramiento de
personal en la categoría/subgrupo dejando sin efecto las listas de espera anteriores.
El integrante de la lista que obtenga un contrato de trabajo o un nombramiento como funcionario/a podrá solicitar pasar a
la situación de suspensión en la lista, y una vez que finalice su contrato de trabajo o nombramiento se levantará la
suspensión en la lista de espera (siempre que se comunique dicha finalización por el aspirante), quedando en el mismo
puesto que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado (o la renuncia durante la vigencia de un contrato o relación funcionarial)
supondrá el pase del aspirante al último lugar de la lista de espera, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad, paternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Los llamamientos se realizarán siempre por el orden de prelación en la lista correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto en
los párrafos siguientes.
Las comunicaciones de las ofertas de trabajo se realizarán por correo electrónico al designado en la solicitud (de forma
obligatoria), y por vía telefónica o por cualquier medio que permita una comunicación inmediata y ágil con la persona
interesada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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