Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II. Recursos Humanos (Badajoz). (05111/2022)
Bases de convocatoria para cubrir dos plazas de Trabajador/a Social en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso de extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II

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8.1.- Finalizadas la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por
orden de puntuación obtenida y elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la Mancomunidad la propuesta de
nombramiento de los aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
8.2.- En el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la última sesión de la selección, los aspirantes
propuestos por el Tribunal, presentarán en la Sección de Personal los siguientes documentos acreditativos de
los requisitos exigidos en la base 2.ª:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia auténtica o fotocopia compulsada de la titulación o justificante de haber satisfecho los
derechos de expedición, sin perjuicio de su posterior presentación.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
8.3.- La falta de presentación dentro del plazo fijado en la base 8.2 de la documentación exigida, excepto en
los casos de fuerza mayor, u otros casos no imputables a los aspirantes, o cuando de la presentación de los
documentos se desprenda la falta de cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de
falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones de los aspirantes, comportando por
consiguiente, la nulidad de los actos del Tribunal en relación con los aspirantes y la imposibilidad de efectuar
sus nombramientos, sin perjuicio de la existencia de otras responsabilidades en que hayan podido incurrir.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación
obtenida, que haya superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas selectivas, como consecuencia de la
citada anulación.
9.ª.- Nombramiento y toma de posesión.
9.1.- Presentada la documentación por los interesados y siendo esta conforme, el Ilmo. Sr. Presidente de la
Mancomunidad efectuará nombramiento a favor de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación
como Trabajador Social. No pudiendo superar el número de aspirantes nombrados, al de plazas convocadas.
9.2.- El nombramiento será notificado a los interesados para la toma de posesión de sus plazas, en el plazo
que se establezca para ello.
9.3.- En dicha toma de posesión, los aspirantes nombrados deberán prestar juramento o promesa de acuerdo
con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
9.4.- Quienes sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderán todos los derechos
derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10.ª.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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