Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II. Recursos Humanos (Badajoz). (05111/2022)
Bases de convocatoria para cubrir dos plazas de Trabajador/a Social en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso de extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Mancomunidad Vegas Bajas del Guadiana II

Anuncio 5111/2022

c) Estar en posesión del título de Diplomatura en Trabajo Social, Grado en Trabajo Social, o
equivalentes, o cumplir las condiciones para obtenerlos. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias
del puesto al que se aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1, anterior, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el desarrollo del proceso selectivo y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
3.ª.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en el proceso selectivo, conforme al modelo que aparece en el
anexo I, los aspirantes, dentro del plazo legal concedido para ello, deberán manifestar que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en la base segunda, y que se
comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al
Rey, y guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la
convocatoria, o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Así como los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser
valorados en el concurso, de acuerdo al baremo que figura como anexo II.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier momento, o a
instancia del interesado, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.2.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Presidente, se presentarán en el
Registro General de cualquiera de los ayuntamientos integrantes de la Mancomunidad: Guadiana,
Pueblonuevo del Guadiana y Valdelacalzada, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, o conforme a lo
dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el Registro General de Entrada de estos ayuntamientos, y
lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el citado artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además deberán remitir
a la Secretaría General del Ayuntamiento de Guadiana, copia de la solicitud vía fax al número siguiente: 924
470096 o correo electrónico: mcastillo@ayuntamientoguadiana.es (correo electrónico de la Secretaría General
del Ayuntamiento de Guadiana).
3.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz.
3.4.- No se establecen tasas de examen.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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