Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Recursos Humanos (Badajoz). (05054/2022)
Convocatoria para la provisión de dos plazas de Operarios-Ordenanzas, como personal laboral mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Higuera la Real

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Mérito
B

Titulación académica.
La titulación académica se acreditará mediante entrega de copia del título académico oficial
de mayor grado alcanzado.

Puntuación
Máximo 10
puntos

B1 Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o superior y
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente:

10 puntos

C

Máximo 20
puntos

Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
correspondientes a los cursos alegados, que deberán expresar el contenido de la formación y
el número de horas de la misma.

C1 Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o
entidades privadas de reconocido prestigio apreciado por el Tribunal, con una duración
mínima de 20 horas, en materias específicas relacionadas con el puesto ofertado, por hora
de formación:

0,05 puntos

C2 Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o
entidades privadas de reconocido prestigio apreciado por el Tribunal, con una duración
mínima de 20 horas, orientados al desempeño de otras funciones no específicas en el cuerpo
o escala o en la categoría profesional a la que se desea acceder, por hora de formación:

0,02 puntos

C3 Por formación y práctica en al menos dos aplicaciones informáticas de uso habitual en la
Administración convocante (Gestiona, Word, Excel, SicalWin, Accede (padrón y registro), Slack,
vídeo-vigilancia, SW Policial), acreditable mediante certificados de formación y/o informe del
responsable superior administrativo:

10,00 puntos

NOVENA. Calificación
La puntuación final será la suma de las puntuaciones adquiridas en los distintos apartados del baremo anterior.
DÉCIMA. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Higuera la
Real, deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su
capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un
dictamen negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
En el caso de personal funcionario, el Alcalde deberá nombrar funcionario a los aspirantes propuestos, cuyo nombramiento
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. Una vez publicado el
nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes.
En el caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los
diez días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
DECIMOPRIMERA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
DECIMOSEGUNDA. Incidencias
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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