Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04810/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Universidades Populares durante 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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Información sobre protección de datos
Responsable: Diputación
Provincial de
Badajoz

C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071 Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

Finalidad del tratamiento:

Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de
Badajoz que cuenten con universidades populares durante el año 2023.

Legitimación del tratamiento:

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.

Destinatarios de cesiones o
transferencias:

No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los interesados:

Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros.

Información adicional:

www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente a la Delegación de Cultura y Deportes de la Excma.
Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa 23, 06071 Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
DISPOSICIONES ADICIONALES.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la Ordenanza
provincial de subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la Ley General
de Subvenciones, se aprueba de forma conjunta a las bases reguladoras, la convocatoria y la aprobación del gasto que
desarrollará el procedimiento para la concesión de las subvenciones.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del registro
electrónico ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, al amparo de lo establecido en la Ordenanza
reguladora del procedimiento administrativo electrónico y de registro electrónico de la Diputación de Badajoz y sus
organismos dependientes (BOP número 9, de 15 de enero de 2021) se procede a la aprobación de los modelos de
documentos telemáticos que a continuación se relacionan:
Solicitud de subvención destinada a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que
cuenten con universidades populares para 2023 (anexo I).
Remisión de documentación para subsanación de solicitud de subvención convocatorias concurrencia competitiva
(anexo IV).
Remisión electrónica de documentación para la justificación de subvención destinada a los municipios y entidades
locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con universidades populares para 2023 (anexo VII).
Remisión de documentación para subsanación de justificación de subvención por municipios y entidades locales
menores convocatorias concurrencia competitiva (anexo VIII).»
_____________
ANEXO I: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DESTINADA A LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE
BADAJOZ QUE CUENTEN CON UNIVERSIDADES POPULARES PARA 2023
(Este anexo se genera automáticamente al hacer el trámite en la sede electrónica)
Don/doña ______________________________________________________________, con DNI __________________________, en calidad de
Alcalde/sa-Presidente/a del Excmo. Ayuntamiento de ________________________________________________ , con CIF
_________________________ , en cumplimiento de lo establecido en las bases de la convocatoria que regulan la concesión de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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