Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04809/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las Federaciones Deportivas de Extremadura para la ejecución de proyectos deportivos durante el año 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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Las cantidades correspondientes a este apartado se concederán por riguroso orden de puntuación hasta llegar al límite del
crédito total consignado especificado en la base 2. En el supuesto en que existiera un empate de puntos entre distintas
entidades y el crédito disponible no fuera suficiente para atender todas las solicitudes empatadas se procederá al reparto
proporcional de la cantidad disponible entre las mismas.
Base 7. Instrucción, comisión de valoración y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva ordinaria conforme se establece en las
bases de ejecución del presupuesto de la Diputación de Badajoz.
1.- Gestión e Instrucción
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la Delegación de Cultura y Deportes que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos a valorar para lo
que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección del
Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido el certificado de la Secretaría
General comprensivo de aquellas solicitudes que hayan entrado en plazo en el Registro Electrónico.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, conforme a lo
dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud (anexo IV) se efectuará a través del Registro Electrónico ubicado en la Sede
Electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad emitido a favor del representante legal de
la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/
2. En Trámites por Delegaciones seleccionar Cultura y Deportes.
3. Seleccionar el trámite Remisión de documentación para subsanación de solicitud de convocatorias de
concurrencia competitiva.
4. Identificarse con el certificado digital de representación del representante legal de la entidad.
5. Cumplimentar los datos correspondiente a la entidad y al representante legal de la entidad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
7. Adjuntar la documentación requerida para la subsanación.
8. Verificar los datos del Interesado y Representante, la solicitud de subsanación y los anexos y/o documentos
adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos observados, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las propuestas presentadas, dando como resultado las
cantidades a subvencionar a las entidades beneficiarias. La puntuación total de cada solicitud será la que resulte de la suma
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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