Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas (Montijo). Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05006/2022)
Bases y convocatoria de pruebas selectivas para constituir una bolsa de empleo de dinamizadores deportivos
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Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas

Anuncio 5006/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas
Montijo (Badajoz)
Anuncio 5006/2022
Bases y convocatoria de pruebas selectivas para constituir una bolsa de empleo de dinamizadores deportivos

BASES DE CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE DINAMIZADORES DEPORTIVOS,
PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO, ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, SUBGRUPO A2, EN LA
MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE SERVICIOS VEGAS BAJAS
Don Pedro Inocente Noriega del Valle, Presidente de la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas, con el fin de
atender con la mayor rapidez las necesidades que puedan producirse en el futuro y disponer de personal para la cobertura
interina de puestos de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo
A2, Dinamizador deportivo, se procede realizar convocatoria para la constitución de una lista de espera de la subescala
descrita, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de Ingreso del personal
al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y se convocan pruebas selectivas
para constituir una bolsa de empleo de dinamizadores deportivos, con arreglo a las siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Constituye objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de empleo mediante sistema concurso oposición
de dinamizares/as deportivos/as para el desarrollo de las actividades propias del VIII Programa de Dinamización Deportiva
de Extremadura, con arreglo a la Orden de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura de 3 de
febrero de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo del
Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura (DOE número 25, de 7 de febrero) y la resolución de 24 de junio de
2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa convocatoria de las ayudas del Programa de Dinamización Deportiva de
Extremadura para el periodo 2022/2025 (DOE 130 de 7 de julio).
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del
Empleado Público; y el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 13 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Condiciones de los aspirantes.
Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
a) Tener nacionalidad española o cumplir con los requisitos establecidos con el artículo 57 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, en el supuesto de acceso al
empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutario de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado,
en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la titulación universitaria de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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