Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Segura de León. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05011/2022)
Aprobación definitiva del expediente 09/2022 de suplemento de crédito con cargo al remanente líquido de tesorería
3 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Segura de León

Anuncio 5011/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Segura de León
Segura de León (Badajoz)
Anuncio 5011/2022
Aprobación definitiva del expediente 09/2022 de suplemento de crédito con cargo al remanente líquido de tesorería

Aprobado definitivamente el expediente número 9/2022 de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente
líquido de tesorería del ejercicio 2021, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos finales

207.000,00 €

16.000,00 €

223.000,00 €

88.932,40 €

7.000,00 €

95.432,40 €

Total:

23.000,00 €

Progr. Económica
342

632 01

Reparación , reforma y
rehabilitación instalaciones
deportivas municipales

342

622 00

Instalación pavimento deportivo
en pabellón deportivo municipal

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior,
en los siguientes términos:

Aplicación: Económica

Descripción

Euros

Cap. Conc. Subconc.
8

87

870 00

Remanente líquido de tesorería para gastos generales

23.000,00 €
Total ingresos: 23.000,00 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Segura de León, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Lorenzo Molina Medina.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3