Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04953/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 3 de noviembre de 2022 sobre las bases para la provisión de dos plazas de Agentes de la Policía Local de Mérida, correspondientes a la oferta pública de empleo 2022, en el turno de movilidad
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Recursos Humanos

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Recursos Humanos
Mérida (Badajoz)
Anuncio 4953/2022
Corrección de error en edicto publicado el 3 de noviembre de 2022 sobre las bases para la provisión de dos plazas de
Agentes de la Policía Local de Mérida, correspondientes a la oferta pública de empleo 2022, en el turno de movilidad

CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL EN LAS BASES PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE AGENTES DE LA POLICÍA LOCAL DE
MÉRIDA, CORRESPONDIENTES A LA OPE 2022 EN EL TURNO DE MOVILIDAD
Visto el anuncio del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, número 209 de 3 de noviembre de 2022, se han publicado
íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer 2 plazas de Agente de la Policía Local, pertenecientes
a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, subgrupo C1, en turno de movilidad.
Una vez advertidas de errores materiales que afectan a estas bases, se eleva la siguiente rectificación, que
fundamentalmente afectan por un lado a las Normas generales y por otro, a la permanencia mínima en situación de servicio
activo en la categoría como funcionario o funcionaria; así como al tiempo mínimo para el pase a segunda actividad por
petición propia.
Donde dice:
Primera. Normas generales:
1.4. El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes
bases, a las normas contenidas en:
e. Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas
con los temas a los que han de ajustarse las bases de las convocatorias
realizadas por las Entidades Locales para el ingreso, promoción, movilidad en los
cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, (DOE número 119, de 14 de octubre).

Queda suprimido dicho párrafo por estar derogada la Orden.
Donde dice:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
b) Haber permanecido como mínimo 1 año en situación de servicio activo en la misma
categoría como funcionario o funcionaria de carrera en el cuerpo o plantilla de Policía Local del
Ayuntamiento de procedencia.
d) Que, a la persona interesada le resten como mínimo dos años para pasar a la situación de
segunda actividad por petición propia.

Debe decir:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
b) Haber permanecido como mínimo 3 años en situación de servicio activo en la misma
categoría como funcionario o funcionaria de carrera en el cuerpo o plantilla de Policía Local del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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