Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04944/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Encargado de Departamento, personal funcionario, en turno de promoción interna por el sistema de concurso-oposición, para el Servicio de Vías y Obras del Ayuntamiento de Don Benito
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
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b) Estar en posesión de los títulos de Bachiller, Técnico Superior, o equivalentes, o en
condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En
el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación, o convalidación en su caso.
También podrán participar quiénes acrediten una antigüedad de al menos 10 años en el grupo
C, subgrupo C2, o, o tener una antigüedad de 5 años y la superación de un curso específico de
formación al que se accederá por criterios objetivos.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto al que se
aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1, anterior, deberán poseerse a la fecha de finalización de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
3.ª.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo que aparece
en el anexo I, los aspirantes, dentro del plazo legal concedido para ello, deberán manifestar
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en
la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir fielmente
las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar, y hacer guardar la constitución como
norma fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de Título Académico habilitante para el acceso a la plaza objeto
de la convocatoria, o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro
del plazo legal concedido para ello. Y caso de tener derecho a la reducción de dicho
importe, documento que justifique su aplicación.
Así como los documentos, en original o fotocopia compulsada, acreditativos de los
méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser valorados en la fase de concurso, de
acuerdo al baremo que figura como anexo III.
b) Los aspirantes acompañarán además a su instancia, certificación acreditativa de su condición
de empleado público del grupo C, subgrupo C2 de este Ayuntamiento y de los servicios
prestados en las subescalas de dicho grupo.
c) En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de
examen, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier
momento. O, a instancia del interesado, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.2.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Ilmo. Ayuntamiento, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, o conforme a lo
dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el registro general de Entrada del Ayuntamiento de Don
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Estar en posesión de los títulos de Bachiller, Técnico Superior, o equivalentes, o en
condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En
el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación, o convalidación en su caso.
También podrán participar quiénes acrediten una antigüedad de al menos 10 años en el grupo
C, subgrupo C2, o, o tener una antigüedad de 5 años y la superación de un curso específico de
formación al que se accederá por criterios objetivos.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto al que se
aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1, anterior, deberán poseerse a la fecha de finalización de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
3.ª.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo que aparece
en el anexo I, los aspirantes, dentro del plazo legal concedido para ello, deberán manifestar
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en
la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir fielmente
las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar, y hacer guardar la constitución como
norma fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de Título Académico habilitante para el acceso a la plaza objeto
de la convocatoria, o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro
del plazo legal concedido para ello. Y caso de tener derecho a la reducción de dicho
importe, documento que justifique su aplicación.
Así como los documentos, en original o fotocopia compulsada, acreditativos de los
méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser valorados en la fase de concurso, de
acuerdo al baremo que figura como anexo III.
b) Los aspirantes acompañarán además a su instancia, certificación acreditativa de su condición
de empleado público del grupo C, subgrupo C2 de este Ayuntamiento y de los servicios
prestados en las subescalas de dicho grupo.
c) En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de
examen, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier
momento. O, a instancia del interesado, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.2.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Ilmo. Ayuntamiento, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, o conforme a lo
dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el registro general de Entrada del Ayuntamiento de Don
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