Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04942/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cuatro plazas de Conserje-Ordenanza, personal funcionario, en turno libre por el sistema de oposición, para los Servicios de Cultura y de Educación del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 4942/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 4942/2022
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cuatro plazas de Conserje-Ordenanza, personal funcionario, en turno
libre por el sistema de oposición, para los Servicios de Cultura y de Educación del Ayuntamiento de Don Benito
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD CUATRO PLAZAS DE CONSERJE-ORDENANZA PERSONAL
FUNCIONARIO, EN EL TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA LOS SERVICIOS DE CULTURA Y DE EDUCACIÓN,
DEL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Don José Luis Quintana Álvarez, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca pruebas
selectivas para cubrir, cuatro plazas de Conserje-Ordenanza, vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento,
correspondientes a las OEP de 2021 y 2022, por el turno: Libre, mediante sistema de oposición, con arreglo a las siguientes:
BASES
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad mediante el sistema de selección por
oposición, en el turno libre, cuatro plazas vacantes de Conserje-Ordenanza del Ayuntamiento de Don Benito
(Personal Funcionario), con destino en las Secciones de Cultura y de Educación: Una incluida en la OEP de
2021: Con código RPT ECCZ02, y las otras tres incluidas en la OEP de 2022 y Ampliación de la OEP de 2022:
Con códigos RPT ECCZ01, ECCZ05 y ECCZ03, pertenecientes al Grupo E, escala Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, dotadas con los emolumentos correspondientes a
dicho grupo, nivel y complementos de destino y específico consignados presupuestariamente y demás
retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.
2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer
los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso
al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o cumplidas las condiciones para obtener el Título de Graduado Escolar,
Certificado Oficial de Estudios Obligatorios, Certificado de Estudios Cursados de ESO o
equivalentes, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cuatro plazas de Conserje-Ordenanza, personal funcionario, en turno
libre por el sistema de oposición, para los Servicios de Cultura y de Educación del Ayuntamiento de Don Benito
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD CUATRO PLAZAS DE CONSERJE-ORDENANZA PERSONAL
FUNCIONARIO, EN EL TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA LOS SERVICIOS DE CULTURA Y DE EDUCACIÓN,
DEL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Don José Luis Quintana Álvarez, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca pruebas
selectivas para cubrir, cuatro plazas de Conserje-Ordenanza, vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento,
correspondientes a las OEP de 2021 y 2022, por el turno: Libre, mediante sistema de oposición, con arreglo a las siguientes:
BASES
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad mediante el sistema de selección por
oposición, en el turno libre, cuatro plazas vacantes de Conserje-Ordenanza del Ayuntamiento de Don Benito
(Personal Funcionario), con destino en las Secciones de Cultura y de Educación: Una incluida en la OEP de
2021: Con código RPT ECCZ02, y las otras tres incluidas en la OEP de 2022 y Ampliación de la OEP de 2022:
Con códigos RPT ECCZ01, ECCZ05 y ECCZ03, pertenecientes al Grupo E, escala Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, dotadas con los emolumentos correspondientes a
dicho grupo, nivel y complementos de destino y específico consignados presupuestariamente y demás
retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.
2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer
los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso
al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o cumplidas las condiciones para obtener el Título de Graduado Escolar,
Certificado Oficial de Estudios Obligatorios, Certificado de Estudios Cursados de ESO o
equivalentes, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso.
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