Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Siruela. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04948/2022)
Aprobación de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo
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Ayuntamiento de Siruela

Anuncio 4948/2022

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 9 puntos En caso de empate, se resolverá el mismo
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Siruela
ocupando el puesto objeto de convocatoria; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por último,
si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo
de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con
los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada
de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Séptima. Autobaremación de méritos.
La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de la convocatoria
Contratos de Trabajo o certificado de servicios prestados en administración pública distinta de
Ayuntamiento de Siruela emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles
para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de la jornada.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La antigüedad en Ayuntamiento de Siruela se comprobará de oficio.
Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número uno y en el
orden que se establece en el modelo de autobaremo, es decir, primero los documentos referentes a la antigüedad y a
continuación los relativos a los de formación, de esta forma el número de documento que se indique en el modelo de
autobaremo debe coincidir con el número asignado al documento que se adjunta.
Octava. Calificación.
La puntuación de todos los méritos será de máximo 9 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 2
puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Novena. Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizado el proceso de selección a través de concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas
por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como laboral fijo en
función de la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la
condición de funcionaria de carrera o laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo
nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
Las personas que no superen el proceso selectivo, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal específicas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publican
en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://Siruela.Sedelectronica.Es/Info.0], los documentos
justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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