Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (04930/2022)
Bases reguladoras para la convocatoria del Plan Cohesiona 22-23 de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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Segundo.- Aprobar la convocatoria de subvenciones del Plan Cohesiona@22-23, que desarrolla el procedimiento de
concesión de subvenciones, para la financiación de actuaciones relativas a empleo y otros gastos de naturaleza corriente, así
como inversiones en la ejecución de obras y equipamientos municipales, en régimen de concurrencia no competitiva.
Tercero.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos para ambas fases que se relacionan para posibilitar su remisión
por vía telemática, mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de subvenciones para financiar actuaciones de inversiones de obras y equipamientos, gastos de
personal y otros gastos corrientes Plan Cohesion@ conforme al anexo 2.
2. Solicitud de modificación de la resolución de concesión de subvención conforme al anexo 6 A.
3. Solicitud de modificación del plazo de ejecución de la subvención concedida conforme al anexo 6 B.
4. Solicitud de prórroga del plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas conforme al anexo 6 C.
5. Remisión de documentación para la justificación de la subvención línea 2. Inversiones en obras y
equipamientos conforme al anexo 9.
6. Remisión de documentación para la justificación de la subvención de la línea 1. Empleo y otros gastos
corrientes conforme al anexo 10.
7. Declaración responsable. Anexo 11.
8. Certificado de encontrarse al corriente con las obligaciones con la Hacienda estatal y con la Seguridad
Social. Anexo 12.
Cuarto.- Aprobar el expediente de gasto en la cuantía de la aportación provincial al presente Plan, por importe de
22.000.000,00 euros, de los cuales 12.000.000 euros corresponden a créditos del ejercicio 2022 y otros 10.000.000 euros a
créditos del ejercicio 2023, quedando condicionada la concesión de la subvención a la existencia de crédito adecuado y
suficiente en el momento de resolución de la misma.
Quinto.- Ordenar la publicación del extracto y el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y en la BDNS,
para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D., El Diputado Delegado del Área de Fomento. Decreto (05/07/2019)
BOP (08/07/2019), Francisco Farrona Navas.- El Presidente, P.D., la Vicepresidenta 2.ª y Diputada Delegada de Recursos
Humanos y Régimen Interior. Decreto (05/07/2019) BOP (08/07/2019), Virginia Borrallo Rubio.
A continuación se recogen los importes de la convocatoria, especificando para cada una de las entidades locales
beneficiarias y cada fase de actuación, las cantidades a subvencionar por Diputación, el importe de la cuota de
corresponsabilidad a aportar por las entidades locales, así como, las cantidades totales:
ANEXO I
FASE I (Créditos 2022)

Número

Municipios

1

ACEDERA

2

ACEUCHAL

Diputación

Ayuntamiento

Total

30.545,45

3.054,55

33.600,00

136.874,76

41.062,43

177.937,18

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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