Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04869/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 2 de noviembre de 2022 sobre la aprobación del programa de activación para el empleo local
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Ayuntamiento de Valdivia
Anuncio 4869/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdivia
Valdivia (Badajoz)
Anuncio 4869/2022
Corrección de error en edicto publicado el 2 de noviembre de 2022 sobre la aprobación del programa de activación para el
empleo local
CORRECCIÓN DE ERROR EN EDICTO PUBLICADO EL 2/11/2022 SOBRE LA APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTIVACIÓN
PARA EL EMPLEO LOCAL DE VALDIVIA.
Habiéndose detectado error en el anuncio publicado en el BOP de Badajoz número 208 de 2 de noviembre de 2022 (número
4741/2022), se rectifica el mismo de la siguiente forma.
− Donde dice:
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, informando que contra dicho acuerdo de 5 de agosto
de 2022, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de
reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la mencionada Ley 39/2015,
de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta
publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
− Debe decir:
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, informando que contra dicho acuerdo de 27 de
octubre de 2022, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso
potestativo de reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la mencionada Ley
39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
esta publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Manteniéndose el resto del anuncio en los mismos términos.
En Valdivia, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Diego Corraliza Gutiérrez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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empleo local
CORRECCIÓN DE ERROR EN EDICTO PUBLICADO EL 2/11/2022 SOBRE LA APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTIVACIÓN
PARA EL EMPLEO LOCAL DE VALDIVIA.
Habiéndose detectado error en el anuncio publicado en el BOP de Badajoz número 208 de 2 de noviembre de 2022 (número
4741/2022), se rectifica el mismo de la siguiente forma.
− Donde dice:
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, informando que contra dicho acuerdo de 5 de agosto
de 2022, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de
reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la mencionada Ley 39/2015,
de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta
publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
− Debe decir:
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, informando que contra dicho acuerdo de 27 de
octubre de 2022, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso
potestativo de reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la mencionada Ley
39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
esta publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Manteniéndose el resto del anuncio en los mismos términos.
En Valdivia, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Diego Corraliza Gutiérrez.
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