Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Siberia (Talarrubias). Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04843/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de estabilización de empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Siberia
Anuncio 4843/2022
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento junto con el
anexo II.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de esta Mancomunidad
[dirección https://sede.mancomunidadsiberia.es] insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas,
deberán tener reconocido por la Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento debiendo acreditar esta circunstancia en el momento de la presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios y se llevará a
cabo conforme a lo previsto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
En todo caso el grado de discapacidad que resulte acreditado habrá de ser compatible con el desempeño de las tareas y
funciones correspondiente al puesto ofertado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. La Mancomunidad será la responsable del tratamiento de estos datos.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de esta
Mancomunidad [dirección https://sede.mancomunidadsiberia.es] se señalará un plazo de cinco días hábiles para
subsanación.
Cuántos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica de esta
Mancomunidad. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación en la sede electrónica de Mancomunidad.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que se publicará en la sede electrónica de esta Mancomunidad. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los
órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad
de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujeres y hombres.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el personal eventual no podrán formar
parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
- Presidente o Presidenta.
- Cuatro vocales.
- Secretario/a con voz y sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y de la Secretaría, o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento junto con el
anexo II.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de esta Mancomunidad
[dirección https://sede.mancomunidadsiberia.es] insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas,
deberán tener reconocido por la Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento debiendo acreditar esta circunstancia en el momento de la presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios y se llevará a
cabo conforme a lo previsto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
En todo caso el grado de discapacidad que resulte acreditado habrá de ser compatible con el desempeño de las tareas y
funciones correspondiente al puesto ofertado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. La Mancomunidad será la responsable del tratamiento de estos datos.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de esta
Mancomunidad [dirección https://sede.mancomunidadsiberia.es] se señalará un plazo de cinco días hábiles para
subsanación.
Cuántos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica de esta
Mancomunidad. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación en la sede electrónica de Mancomunidad.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que se publicará en la sede electrónica de esta Mancomunidad. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los
órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad
de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujeres y hombres.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el personal eventual no podrán formar
parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
- Presidente o Presidenta.
- Cuatro vocales.
- Secretario/a con voz y sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y de la Secretaría, o
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