Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04865/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para el fomento de la natalidad 2022
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Don Álvaro

Anuncio 4865/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Álvaro
Don Álvaro (Badajoz)
Anuncio 4865/2022
Bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para el fomento de la natalidad 2022

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD 2022
Procedimiento: Ayudas para el fomento de la natalidad en el municipio de Don Álvaro.
Se hace público para general conocimiento que por Resolución de Alcaldía de fecha 3 de noviembre de 2022, se han
aprobado las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas para el fomento de la natalidad en el municipio de
Don Álvaro para el año 2022, cuyo tenor literal se transcribe seguidamente.
Asimismo, las mismas se encuentran a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento cuya dirección es: https://sede.donalvaro.es.

"BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL FOMENTO
DE LA NATALIDAD 2022 EN EL MUNICIPIO DE DON ÁLVARO"
Base 1.ª: Objeto y finalidad.
El Ayuntamiento de Don Álvaro tiene entre sus prioridades establecer medidas complementarias de apoyo a las unidades
familiares del municipio y diseñar mecanismos que ayuden a fijar su población, a fin de luchar contra el envejecimiento y la
despoblación de la localidad, siendo el objeto de la presente, la regulación del procedimiento para la solicitud, tramitación y
concesión de ayudas económicas por nacimiento o adopción de menores de doce años.
Base 2.ª: Normativa aplicable.
Las ayudas que nos ocupan se regirán por lo dispuesto en: Las presentes bases reguladoras, en las bases de ejecución del
presupuesto municipal para el ejercicio 2021, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones y demás
normativa que le resulte de aplicación.
Base 3.ª: Naturaleza de la ayuda.
La ayuda consistirá en una prestación económica por importe de mil euros (1.000,00 €) por nacimiento o adopción de hijo/a
menor de doce años.
El límite de las ayudas, para cada ejercicio económico, será el de la consignación presupuestaria existente.
Las presentes ayudas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por aplicación del artículo 7.z) de la
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes
de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Base 4.ª: Beneficiariosde la ayuda.
Serán beneficiarios de la presente ayuda cualquiera de los progenitores o adoptantes titulares del libro de familia en el que
figure registrado el nacimiento o adopción y que reúna los requisitos exigidos en las presentes bases.
En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores o adoptantes, el beneficiario de la prestación será el
progenitor o adoptante a cuya custodia hayan de quedar los hijos e hijas, de acuerdo con lo establecido en el convenio
regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.
En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad
de sus hijos/as, o cuya tutela haya sido asumidapor una institución pública.
Base 5.ª: Requisitos para la obtención de la ayuda.
Los requisitos que debe cumplir el solicitante de la ayuda son los siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 7