Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (04836/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir dos plazas, un Psicólogo y un Trabajador Social, mediante contratación laboral indefinida, a jornada completa
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 4836/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 4836/2022
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir dos plazas, un Psicólogo y un Trabajador Social, mediante contratación
laboral indefinida, a jornada completa

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR DOS PLAZAS, UN PSICÓLOGO Y UN TRABAJADOR SOCIAL,
MEDIANTE CONTRATACIÓN LABORAL INDEFINIDA, A JORNADA COMPLETA, CON DESTINO AL SERVICIO QUE DESARROLLA EL
PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS DE LA MANCOMUNIDAD, SUBVENCIONADO POR LA JUNTA DE EXTREMADURA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de dos plazas, un psicólogo y un trabajador social, por el sistema de
concurso, con destino al servicio que desarrolla el programa de atención a familias de la Mancomunidad, subvencionado por
la Junta de Extremadura, incluidas en el proceso extraordinario de estabilización previsto en la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Las funciones que se desarrollan en el programa de atención a familias están establecidas en el Decreto 74/2022, de 15 de
junio, por el que se regulan los programas de atención a familias en Extremadura.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Tercera.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
e) Estar en posesión del grado universitario en psicología, para la plaza de psicólogo, o del grado universitario
en trabajo social, para la plaza del trabajador social, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante
certificación expedida al efecto por la Administración competente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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