Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04758/2022)
Modificación de delegaciones
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Ayuntamiento de Berlanga
Anuncio 4758/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Berlanga
Berlanga (Badajoz)
Anuncio 4758/2022
Modificación de delegaciones
MODIFICACIÓN DELEGACIONES
Por esta Alcaldía se ha dictado la resolución número 401/2022 de fecha 14 de octubre de 2022, con el siguiente tenor:
Visto que con fecha 9 de julio de 2019, se dictó resolución de Alcaldía, donde se delegaba el ejercicio de las atribuciones de
esta Alcaldía en las materias que allí se indicaban y a favor de los concejales que se señalaban.
Visto la necesidad de proceder a una reorganización de las diferentes concejalías, accediendo a la petición de la Concejala
doña Araceli Silva del Pino por motivos estrictamente personales.
De conformidad con lo dispuesto en los 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
RESUELVO
Primero.- Modificar las delegaciones en las materias que se indican a favor de las concejalas que asimismo se
señalan:
En las Áreas de Infancia, Mujer, Igualdad, Educación y Formación, doña Teresa Araceli Silva del Pino.
En las Áreas de Bienestar Social, Sanidad, Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural a doña Rafaela
Gómez Moreno.
Segundo.- La delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros.
Tercero.- La delegación conferida se publicará en el BOP.y de ella se dará cuenta al Pleno en la primera sesión
que celebre.
Cuarto.- El Concejal-Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y
disposiciones que dicte, previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el
artículo 115 del ROF.
Lo que se hace público de acuerdo con el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Berlanga, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Ortiz Paredes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Berlanga (Badajoz)
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MODIFICACIÓN DELEGACIONES
Por esta Alcaldía se ha dictado la resolución número 401/2022 de fecha 14 de octubre de 2022, con el siguiente tenor:
Visto que con fecha 9 de julio de 2019, se dictó resolución de Alcaldía, donde se delegaba el ejercicio de las atribuciones de
esta Alcaldía en las materias que allí se indicaban y a favor de los concejales que se señalaban.
Visto la necesidad de proceder a una reorganización de las diferentes concejalías, accediendo a la petición de la Concejala
doña Araceli Silva del Pino por motivos estrictamente personales.
De conformidad con lo dispuesto en los 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
RESUELVO
Primero.- Modificar las delegaciones en las materias que se indican a favor de las concejalas que asimismo se
señalan:
En las Áreas de Infancia, Mujer, Igualdad, Educación y Formación, doña Teresa Araceli Silva del Pino.
En las Áreas de Bienestar Social, Sanidad, Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural a doña Rafaela
Gómez Moreno.
Segundo.- La delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros.
Tercero.- La delegación conferida se publicará en el BOP.y de ella se dará cuenta al Pleno en la primera sesión
que celebre.
Cuarto.- El Concejal-Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y
disposiciones que dicte, previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el
artículo 115 del ROF.
Lo que se hace público de acuerdo con el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Berlanga, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Ortiz Paredes.
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