Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04736/2022)
Corrección de error de edicto publicado el 20 de julio de 2022 sobre la resolución de la convocatoria de subvenciones para financiar el Plan de Maquinaria 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Fomento
Anuncio 4736/2022
MUNICIPIOS EN LOS QUE SE CORRIGEN LA POBLACIÓN Y LOS CIF
N.º solic.
Municipios
Censo publicado
Censo corregido
CIF publicado CIF corregido
23
Puebla del Prior
P0610500A
P0610600I
46
Puebla del Maestre
P0610800E
P0610500A
53
Puebla de la Reina
P0610600I
P0610400D
106
Puebla de Obando
P0610400D
P0610700G
128
Puebla de Sancho Pérez
P0610700G
P0610800E
Tercero.- Dar traslado de la presente resolución al resto de áreas y/o servicios afectados para que adopten las
medidas necesarias en orden a la ejecución de este acuerdo.
Cuarto.- Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de acuerdo a lo
establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, además de publicarse en la Web de la Diputación de Badajoz conforme a lo
estipulado en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno.
Quinto.- De la presente resolución se dará cuenta a la Corporación provincial, en la siguiente sesión plenaria
ordinaria, a efectos de conocimiento, y en cumplimiento a lo determinado en el artículo 64 del RD 2568/1986,
de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
La presente resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso
administrativo en la forma y plazos previstos por Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa y, potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y a
los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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P0610500A
P0610600I
46
Puebla del Maestre
P0610800E
P0610500A
53
Puebla de la Reina
P0610600I
P0610400D
106
Puebla de Obando
P0610400D
P0610700G
128
Puebla de Sancho Pérez
P0610700G
P0610800E
Tercero.- Dar traslado de la presente resolución al resto de áreas y/o servicios afectados para que adopten las
medidas necesarias en orden a la ejecución de este acuerdo.
Cuarto.- Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de acuerdo a lo
establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, además de publicarse en la Web de la Diputación de Badajoz conforme a lo
estipulado en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno.
Quinto.- De la presente resolución se dará cuenta a la Corporación provincial, en la siguiente sesión plenaria
ordinaria, a efectos de conocimiento, y en cumplimiento a lo determinado en el artículo 64 del RD 2568/1986,
de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
La presente resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso
administrativo en la forma y plazos previstos por Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa y, potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y a
los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
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