Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04736/2022)
Corrección de error de edicto publicado el 20 de julio de 2022 sobre la resolución de la convocatoria de subvenciones para financiar el Plan de Maquinaria 2022
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Área de Fomento
Anuncio 4736/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Fomento
Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos
Badajoz
Anuncio 4736/2022
Corrección de error de edicto publicado el 20 de julio de 2022 sobre la resolución de la convocatoria de subvenciones para
financiar el Plan de Maquinaria 2022
CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PRESENTADAS EN EL PLAN DE
MAQUINARIA A FAVOR DE LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA PARA FINANCIAR LA
ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA QUE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO.
ANTECEDENTES
Primero.- Mediante decreto del Presidente de 16 de marzo de 2022, (anuncio 1014/2022 del Boletín Oficial de la Provincia
número 54 de fecha 21de marzo de 2022), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Plan
de Maquinaria a favor de los municipios y entidades locales menores de la provincia para financiar la adquisición de
maquinaria que garantice el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo, todo ello con el
objeto de acondicionar los entornos físicos existentes, espacios urbanos y edificios públicos, para adecuarlos a diseños de
accesibilidad universal y adaptarlos a la normativa vigente en esta materia.
Segundo.- Mediante decreto del Presidente de 15 de julio de 2022, se aprueba la concesión de subvenciones del Plan de
Maquinaria, y en el día de la publicación del mencionado decreto de concesión (anuncio 3175/2022 del Boletín Oficial de la
Provincia número 137 de fecha 20 de julio de 2022). En dicha resolución, se subvenciona con el importe máximo de 4.150,00
euros la adquisición de la maquinaria señalada como opción 1 por todos los municipios que reunían los requisitos
necesarios para ser beneficiarios, y dado que tras esa primera opción existía un remanente, siguiendo lo establecido en las
bases, se vuelve a subvencionar a dichos municipios con el mismo importe máximo (4.150,00 euros) en función de la
población (de menor a mayor) para la adquisición de la maquinaria establecida por ellos en la opción 2.
Tercero.- Publicada la resolución, y como consecuencia de la traslación de datos desde la tabla de baremación utilizada (y
como tal obrante en el expediente) hasta la referida resolución se detectan los siguientes errores en CIF publicados y censo
de habitantes de distintos municipios que, no afectando al sentido de la resolución publicada se resumen, con la corrección
correspondiente, de la siguiente manera:
MUNICIPIOS EN LOS QUE SE CORRIGEN LA POBLACIÓN Y LOS CIF
N.º solic.
Municipios
Censo publicado
Censo corregido
CIF publicado CIF corregido
66
Esparragosa de la Serena
895
994
P0604800C
P0604700E
74
Esparragosa de Lares
994
895
P0604700E
P0604800C
MUNICIPIOS EN LOS QUE SE CORRIGEN LOS CIF
N.º solic.
Municipios
CIF publicado CIF corregido
92
Montemolín
P0608700A
P0608600C
124
Monterrubio de la Serena
P0608600C
P0608700A
23
Puebla del Prior
P0610500A
P0610600I
46
Puebla del Maestre
P0610800E
P0610500A
53
Puebla de la Reina
P0610600I
P0610400D
106
Puebla de Obando
P0610400D
P0610700G
128
Puebla de Sancho Pérez
P0610700G
P0610800E
Por otro lado, se detectan errores en las cifras del censo de los ayuntamientos de Higuera de Vargas e Higuera de Llerena,
así como en los importes (siempre en segunda opción) otorgados a otros municipios, lo que implica una corrección de la
cuantía de la subvenciones a otorgar a estas entidades y que se resume en la siguiente tabla donde consta, en cuanto a los
municipios afectados por los mismos, la diferencia entre la cuantía publicada y la que debería haberse publicado en su
lugar:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Corrección de error de edicto publicado el 20 de julio de 2022 sobre la resolución de la convocatoria de subvenciones para
financiar el Plan de Maquinaria 2022
CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PRESENTADAS EN EL PLAN DE
MAQUINARIA A FAVOR DE LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA PARA FINANCIAR LA
ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA QUE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO.
ANTECEDENTES
Primero.- Mediante decreto del Presidente de 16 de marzo de 2022, (anuncio 1014/2022 del Boletín Oficial de la Provincia
número 54 de fecha 21de marzo de 2022), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Plan
de Maquinaria a favor de los municipios y entidades locales menores de la provincia para financiar la adquisición de
maquinaria que garantice el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo, todo ello con el
objeto de acondicionar los entornos físicos existentes, espacios urbanos y edificios públicos, para adecuarlos a diseños de
accesibilidad universal y adaptarlos a la normativa vigente en esta materia.
Segundo.- Mediante decreto del Presidente de 15 de julio de 2022, se aprueba la concesión de subvenciones del Plan de
Maquinaria, y en el día de la publicación del mencionado decreto de concesión (anuncio 3175/2022 del Boletín Oficial de la
Provincia número 137 de fecha 20 de julio de 2022). En dicha resolución, se subvenciona con el importe máximo de 4.150,00
euros la adquisición de la maquinaria señalada como opción 1 por todos los municipios que reunían los requisitos
necesarios para ser beneficiarios, y dado que tras esa primera opción existía un remanente, siguiendo lo establecido en las
bases, se vuelve a subvencionar a dichos municipios con el mismo importe máximo (4.150,00 euros) en función de la
población (de menor a mayor) para la adquisición de la maquinaria establecida por ellos en la opción 2.
Tercero.- Publicada la resolución, y como consecuencia de la traslación de datos desde la tabla de baremación utilizada (y
como tal obrante en el expediente) hasta la referida resolución se detectan los siguientes errores en CIF publicados y censo
de habitantes de distintos municipios que, no afectando al sentido de la resolución publicada se resumen, con la corrección
correspondiente, de la siguiente manera:
MUNICIPIOS EN LOS QUE SE CORRIGEN LA POBLACIÓN Y LOS CIF
N.º solic.
Municipios
Censo publicado
Censo corregido
CIF publicado CIF corregido
66
Esparragosa de la Serena
895
994
P0604800C
P0604700E
74
Esparragosa de Lares
994
895
P0604700E
P0604800C
MUNICIPIOS EN LOS QUE SE CORRIGEN LOS CIF
N.º solic.
Municipios
CIF publicado CIF corregido
92
Montemolín
P0608700A
P0608600C
124
Monterrubio de la Serena
P0608600C
P0608700A
23
Puebla del Prior
P0610500A
P0610600I
46
Puebla del Maestre
P0610800E
P0610500A
53
Puebla de la Reina
P0610600I
P0610400D
106
Puebla de Obando
P0610400D
P0610700G
128
Puebla de Sancho Pérez
P0610700G
P0610800E
Por otro lado, se detectan errores en las cifras del censo de los ayuntamientos de Higuera de Vargas e Higuera de Llerena,
así como en los importes (siempre en segunda opción) otorgados a otros municipios, lo que implica una corrección de la
cuantía de la subvenciones a otorgar a estas entidades y que se resume en la siguiente tabla donde consta, en cuanto a los
municipios afectados por los mismos, la diferencia entre la cuantía publicada y la que debería haberse publicado en su
lugar:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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