Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04712/2022)
Aprobación del Reglamento interno de la Escuela Profesional Dual "Bonhaval II"
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 4712/2022
Aprobación del Reglamento interno de la Escuela Profesional Dual "Bonhaval II"

Por esta Alcaldía, en funciones, se ha dictado resolución número 1442 de fecha 26 de octubre de 2022, aprobando el
Reglamento interno de la Escuela Profesional Dual "Bonhaval II" cuyo contenido es el siguiente:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE RÉGIMEN INTERNO
I.- PREÁMBULO. DISPOSICIONES GENERALES.
1. El Reglamento de organización y funcionamiento de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" de
Villafranca de los Barros define sus finalidades y objetivos, marca la organización general por la que se rige el
centro, regula las relaciones profesionales entre sus miembros y, además, contiene las normas generales de
funcionamiento y de convivencia del colectivo de personas que componen la propia Escuela Profesional.
2. La Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" es un programa de formación y empleo dependiente
del Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, como entidad promotora, y del SEXPE. Las funciones de
los órganos y responsables internos de la Escuela Profesional se ejercen sin perjuicio de la superior decisión
del Excmo. Ayuntamiento, entidad promotora del Proyecto, y de las normas exigidas por la Dirección General
de calidad en el empleo, servicio de programas innovadores de empleo, de la Consejería de Educación y
Empleo de la Junta de Extremadura y otras instituciones que financian el proyecto.
3. Los/as alumnos/as-trabajadores/as que se rigen por las normas contenidas en el presente Reglamento son
los/as que a la fecha de su aprobación están vinculados/as con el Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los
Barros a través de contratos para la formación y el aprendizaje, así como el Equipo Técnico, a saber: Directora,
Gestora, Coordinadora de Formación, Técnica de acompañamiento- tutorización, dos Monitores de la
especialidad de Pintura decorativa e industrial en construcción, y dos Monitoras de la especialidad Atención
Sociosanitaria a personas en el domicilio, Técnica de prevención de riesgos laborales y Auxiliar
Administrativo.
Estas normas les serán aplicables sin perjuicio de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, en el
"Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de
los Barros" y demás legislación aplicable.
4. Si alguna de las normas recogidas en este Reglamento, con mención expresa a las de carácter laboral,
lesionara gravemente los derechos de los trabajadores de la Escuela Profesional y entrará en contradicción
con la legislación laboral vigente, se atenderá a lo dispuesto en esta última.
5. En el momento en que los trabajadores de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" son
contratados por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, asumirán, además de los derechos y deberes
recogidos en este Reglamento, los específicos de su contrato y los generales que se reconocen en el Estatuto
de los Trabajadores y en el "Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros", Resolución del 27 de julio de 2012 y publicado en el DOE número
172 de 5 de septiembre del mismo año, y de la normativa laboral vigente pertinente.
6. Tanto el Equipo Técnico-docente como los/as alumnos/as- trabajadores asumirán, además de los derechos
y deberes recogidos en las "Normas Generales de Convivencia", los específicos de su contrato y los generales
que se reconocen en el "Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros" y del Estatuto de los Trabajadores.
Este Reglamento consta de cinco apartados:
I. Fundamentación o principios básicos.
II. Organización General.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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