Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (04674/2022)
Pliego de cláusulas económico-administrativas particulares para la concesión del quiosco del parque Juan Ignacio Zoido de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 4674/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Fregenal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 4674/2022
Pliego de cláusulas económico-administrativas particulares para la concesión del quiosco del parque Juan Ignacio Zoido de
Fregenal de la Sierra

CONTRATO PATRIMONIAL. CONCESIÓN DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL
"Explotación del quiosco del parque Juan Ignacio Zoido"
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
I.- DISPOSICIONES GENERALES
1.º.- Objeto.
El presente pliego de cláusulas económico-administrativas tiene por objeto regular la ocupación privativa del dominio
público local en el quiosco sito en el parque Juan Ignacio Zoido de Fregenal de la Sierra para prestar el servicio de barrepostería, de propiedad municipal, estableciendo las condiciones técnicas y jurídicas que van a regir su concesión.
La concesión se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad o cualquier otro derecho real que pudiera existir sobre los
terrenos objeto de ocupación.
2.º.- Órgano competente para otorgar la concesión.
El órgano competente para contratar es la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, de conformidad con la disposición
adicional segunda, punto noveno (DA.2.ª.9) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al ser una
concesión sobre bienes de dominio público municipal sujeta a legislación patrimonial no superando su importe el 10 por
100 de los recursos ordinarios del presupuesto, ni los 3 millones de euros, ni tratarse de un contrato de carácter plurianual
de duración superior a los cuatro años.
Dicho órgano tiene la facultad de otorgar la concesión y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarla, resolver
las dudas que ofrezca su ejecución, modificarla y acordar su resolución, de conformidad con lo dispuesto en la normativa
aplicable.
3.º.- Fundamento de la concesión.
Mediante la presente concesión se autoriza el uso del dominio público y la realización de las actividades propias de barrepostería, en el marco de lo previsto en la normativa patrimonial y en el presente pliego.
4.º.- Régimen jurídico.
La presente concesión queda sometida al régimen jurídico determinado por las siguientes normas:
– La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
– El Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la citada Ley
de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
– Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (BOE número 96, de 22 de abril).
– Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE número 80, de 3 de abril).
– El Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades
Locales.
En cuanto a la resolución de dudas y lagunas que pudieran producirse será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley
30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público; y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las
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